1. Remplázase el cuadro de vías inserto en el Resuelvo Nº 1 de la resolución exenta Nº 80 de 19 de enero de 2021, de esta Secretaría Regional Ministerial por el siguiente:
    2. Cualquier modificación a las características físicas u operacionales de las vías antes individualizadas, que comprometan la operación de vehículos y/o peatones, así como los proyectos de construcción de nuevas vías que incidan en la red vial básica, deberán contar con la aprobación de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones del Biobío.
    3. En todo lo no modificado mantiene su vigencia la resolución exenta Nº 80 de 19 de enero de 2021, de esta Secretaría Regional Ministerial, publicada en el Diario Oficial de 19 de enero de 2021.
    4. La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.