La presente ley tiene por objeto establecer el 16 de noviembre de cada año como el Día Nacional de la Diversidad, como una forma de relevar el derecho a la igualdad y a la no discriminación, consagrados a nivel nacional e internacional, en cuanto pilares fundamentales de las democracias. En este sentido, destaca la referencia que efectúa el proyecto de ley a la invitación que realizó la Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 1996 a los Estados miembros, en la Resolución 51/95, para que observaran el Día Internacional para la Tolerancia en la misma fecha que se declara en la presente ley. Dentro de los argumentos señalados en el proyecto que sustentan esta ley, se expresa la idea de promover una sociedad inclusiva y respetuosa de la diversidad, que favorezca una efectiva integración de aquellos que son agredidos diariamente por razones de raza, sexo o género, orientación sexual o identidad de género.
    "Artículo único.- Declárase el 16 de noviembre de cada año como el Día Nacional de la Diversidad.".