Artículo 11.- Introdúcense, en el inciso segundo del artículo 4° de la ley N° 19.831, que crea el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares, las siguientes modificaciones:
1. Intercálase, entre la expresión "6°" y conjunción copulativa "y" que le sigue, la expresión ", 6° bis".
2. Elimínase la expresión ", 374 bis".