MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA WOM S.A.
     
    Santiago, 5 de octubre de 2022.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 802 exento.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    d) El decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) La resolución exenta N° 1.144 de 2000, modificada por la resolución exenta N° 596 de 2007, ambas de esta Subsecretaría, que fijó la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado.
    f) Los decretos supremos Nº63 y N°64, ambos de 2010, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron la concesión y sus modificaciones posteriores.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N°149.618 de 11.10.2018, complementado mediante ingreso Subtel N°183.822 de 18.12.2018.
    b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
     
    Decreto:
     
    Modifícanse las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado, cuyo titular es la empresa Wom S.A., RUT Nº78.921.690-8, con domicilio en General Mackenna N°1369, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
     
    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar una (1) estación base:
     
   
     
    La Estación Base se conectará a la red existente, a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
    2. Los plazos máximos se indican a continuación:
     
   
     
    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
     
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.