Artículo único.- Incorpórase en la resolución exenta N° 495, de 2022, del Ministerio de Salud, que Aprueba plan "Fronteras Protegidas", de 2022, del Ministerio de Salud, la siguiente modificación:
     
    i. Agrégase a continuación un nuevo inciso tercero en el numeral 14 "Del test PCR para SARS-CoV-2 al momento de abordar el medio de transporte con destino al territorio nacional", del Título IV. "Del test PCR para SARS-CoV-2 para abordar un medio de transporte con destino al territorio nacional e ingresar al país," del siguiente tenor "Igualmente, todas las personas provenientes desde la República Popular China deberán exhibir un resultado negativo de un test PCR para SARS-CoV-2 o antígeno cuya toma de muestra no exceda las 48 horas previas al horario programado del embarque.".
    ii. Agrégase en inciso segundo del numeral 15 "Del test PCR en el punto de entrada al país", del Título IV. "Del test PCR para SARS-CoV-2 para abordar un medio de transporte con destino al territorio nacional e ingresar al país", a continuación del punto final que pasa a ser punto y coma: "y a todos los pasajeros que en los últimos 7 días hayan estado en la República Popular China.".