MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA WOM S.A.
    Santiago, 3 de octubre de 2022.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 788 exento.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    d) El decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) La resolución exenta Nº1.144 de 2000, modificada por resolución exenta N°596 de 2007, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fijó la norma técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado, y
    f) Los decretos supremos N°63 y Nº64, ambos de 2010 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones y sus modificaciones.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel N°188.491 de 18.11.2021.
    b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14°, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15° y 16° de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
     
    Decreto:


    Modifícase las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado, otorgadas a la empresa Wom S.A., R.U.T. Nº78.921.690-8, con domicilio en General Mackenna Nº1396, Comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
     
    1. Autorízase a la concesionaria para modificar los plazos de término de obras e inicio de servicio, de una (1) estación base, denominada "LL1326", autorizada por decreto exento N°300 de 2016, quedando según se indica a continuación:
     
   
    La ubicación y demás características técnicas de la estación base, no consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al acto autorizatorio señalado precedentemente
    2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
     
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.