MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA WOM S.A.
    Santiago, 17 de octubre de 2022.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 828 exento.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) La resolución exenta N° 1.144 de 2000, modificada por la resolución exenta N° 596 de 2007, ambas de esta Subsecretaría, que fijó la norma técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado.
    f) Los decretos supremos Nº 63 y N° 64, ambos de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones, y sus modificaciones posteriores.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 128.443 de 14.07.2022.
    b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14°, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15° y 16° de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
     
    Decreto:

     
    Modifícanse las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado, cuya actual titular es Wom S.A., RUT Nº 78.921.690-8, con domicilio en General Mackenna N° 1369, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
     
    1. Autorízase a la concesionaria a rectificar la dirección de la siguiente estación base, autorizada mediante decreto exento N° 684 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:
    .


    La ubicación y demás características técnicas, no consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables conforme al decreto señalado precedentemente, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
     
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.