1. Rectifícase, en el punto 4. del decreto supremo N° 247 de 28.02.2018, mencionado en la letra h) de los Vistos, que modificó la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Angol, Región de la Araucanía, señal distintiva XQD-91, cuyo titular es sociedad Comunicaciones e Inversiones Santa María Limitada, RUT N° 76.023.875-9, con domicilio en Julio Sepúlveda N° 1193, comuna de Angol, Región de la Araucanía, en el sentido que las coordenadas de ubicación del estudio, Planta Transmisora y sistema radiante son: 37° 47' 20" Latitud Sur; 72° 42' 30" Longitud Oeste y no como allí se indica.
    2. El presente decreto de rectificación deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley.
    3. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto.
    4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas ,y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables.