MODIFICA RESOLUCIÓN N° 947 EXENTA, DE LA SEREMI METROPOLITANA DE VIVIENDA Y URBANISMO, DE FECHA 6.10.2022 QUE LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, REGULADO POR EL DS N° 19 (V. Y U.), DE 2016, Y SUS MODIFICACIONES EN UN MACRO LOTE DE PROPIEDAD DE SERVIU DE LA REGIÓN METROPOLITANA, UBICADO EN LA COMUNA DE CERRILLOS. PLAN DE EMERGENCIA HABITACIONAL
Núm. 555 exenta.- Santiago, 27 de diciembre de 2022.
Vistos:
a) Lo dispuesto en la ley N° 16.391, de 1965, que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; en el DL N° 1.305 (V. y U.), de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
b) La ley N° 19.880, de 2003, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
c) El DS N° 19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial.
d) La resolución exenta N° 947, de la Seremi Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, de fecha 6 de octubre de 2022, que llama a postulación en condiciones especiales para la presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS N° 19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, en un macro lote de propiedad de Serviu de la Región Metropolitana, ubicado en la comuna de Cerrillos.
e) El correo electrónico de fecha 20 de diciembre de 2022 del Departamento de Gestión Inmobiliaria de Serviu Metropolitano, a través del cual solicita a esta Secretaría Ministerial modificar la resolución señalada en el Visto d) de la presente resolución.
f) La resolución exenta N° 1.379, de fecha 4 de noviembre de 2021, de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, que deja sin efecto la resolución exenta N° 581 de esta Secretaría Ministerial y que actualiza funcionamiento respecto de la documentación recibida y despachada desde este órgano y respecto a la atención presencial a la ciudadanía, durante la alerta sanitaria.
g) Las facultades que me confiere el DS N° 397 (V. y U.), de 1977, que fija el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
h) El decreto supremo N° 20, de fecha 6 de mayo de 2022, que designa a la infrascrita como Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo.
i) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
a) Que mediante la resolución exenta N° 947, de fecha 6 de octubre de 2022, de esta Secretaría Ministerial, se llama a postulación en condiciones especiales para la presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS N° 19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, en un macro lote de propiedad de Serviu de la Región Metropolitana, ubicado en la comuna de Cerrillos.
b) El requerimiento solicitado por Serviu Metropolitano, mediante el correo electrónico señalado en el Visto e) de esta resolución, de modificar aspectos técnicos y operativos en la implementación del llamado dispuesto en la resolución señalada en el considerando anterior. Dicto lo siguiente:
Resuelvo:
1. Modifícase la resolución exenta N° 947, de fecha 6 de octubre de 2022, de la Seremi Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, en el siguiente sentido:
a) Reemplácese el tercer inciso del Resuelvo N° 1, por el siguiente párrafo:
"Las Entidades Desarrolladoras, durante el período de postulación señalado en el primer inciso de este resuelvo, deberán registrar el proyecto en el sistema informático Rukan registrando toda la información que dicha plataforma solicita en la ficha informativa (antes del vencimiento del plazo indicado anteriormente). Para esto, deberán contar con una clave de acceso al sistema que será proporcionada por Serviu Metropolitano. Posteriormente, y hasta las 17:00 horas del jueves 26 de enero de 2023, tendrán plazo para presentar la documentación y los antecedentes de los proyectos habitacionales al Serviu cumpliendo con los requisitos y plazos establecidos en el presente llamado, en el artículo 9° del DS N° 19 (V. y U.), en la Lista de chequeo de antecedentes a presentar (Anexo N° 1) y en el Protocolo de ingreso de expediente digital (Anexo N° 2). Aquellas Entidades que, al 28 de diciembre de 2022, no registren el proyecto en Rukan no podrán continuar con el proceso de postulación.".
b) Reemplácese la tabla inserta en el Resuelvo N° 3, por la siguiente figura:

c) Reemplácese la primera tabla inserta en el Resuelvo N° 9, por la siguiente figura:

d) Reemplácese la segunda tabla inserta en el Resuelvo N° 9, por la siguiente figura:

2. Déjase establecido que la resolución exenta N° 947, de fecha 6 de octubre de 2022, de esta Secretaría Ministerial, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por el presente acto administrativo.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Rocío Andrade Castro, Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo.