Artículo 2°: Modifíquese el decreto supremo N° 299, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en los términos que a continuación se consignan:
1. Modifícase su considerando doce, en el sentido de reemplazar la expresión "cuatro (4)" por "doce (12)".
2. Modifícase el artículo 6°, en el sentido de reemplazar la expresión "cuatro (4)" por "doce (12)" todas las veces que aparece.