1.- Rectifíquese el decreto alcaldicio N° 571, de fecha 20 de julio de 2022, que complementa el decreto alcaldicio N° 430, de fecha 1 de junio de 2022, que adjudica Propuesta Pública N° 314- 2021 "Concesión para el Diseño, Construcción, Explotación y Mantención de Estacionamientos Subterráneos Avda. Prieto Norte entre Av. Alemania y Av. Pedro de Valdivia, Temuco". ID: 1658-884-LR21, de acuerdo al siguiente detalle:
Dice:
Prestación.
Consiste en la totalidad de la Infraestructura de subsuelo de los Estacionamientos Subterráneos de Av. Prieto Norte con sus accesos, salidas vehiculares y peatonales que se construyan, y toda aquella inversión Mueble e Inmuebles asociado al proyecto, en conformidad a las presentes Bases de Licitación y en conformidad a lo establecido en el artículo sexto de la Ley de FUC que la Municipalidad recibirá del adjudicatario. Además, se considera todo lo establecido a lo aclarado en la licitación de la propuesta.
La prestación contempla:
a) La construcción del proyecto de subsuelo y superficie, de acuerdo a las Bases y Especificaciones Técnicas del proyecto y todo lo solicitado en los Términos Técnicos de Referencia.
b) La restitución del bien o bienes inmuebles con sus accesiones correspondientes a los estacionamientos subterráneos entregados en concesión.
c) El pago de derechos de concesión mensual, que se expresará en porcentaje de las ventas devengadas, el cual no podrá ser inferior al 10% y se pagará mensualmente y regirá por todo el periodo de concesión. Formará parte de la oferta económica.
Todo lo anterior estará conforme a lo que se establecerá en la oferta del proponente adjudicado de acuerdo a lo estipulado en las letras a) y d) del artículo N° 6 de la Ley de FUC.
MECANISMO DE REAJUSTABILIDAD EN EL PAGO DE DERECHO DE CONCESIÓN ANUAL.
Debido a que está contemplado en el porcentaje mensual sobre las ventas devengadas, en la presente licitación no existe ningún mecanismo externo de reajustabilidad en el tiempo.
1.3.- INDIVIDUALIZACIÓN DE LA CONTRAPRESTACIÓN:
CONTRAPRESTACIÓN.
El Municipio de Temuco establece como contraprestación, la concesión para la explotación total o parcial de la infraestructura de subsuelo objeto de la presente licitación, de acuerdo a la oferta, a las normas de Uso de Suelo, el Contrato, y a las modificaciones posteriores que puedan ocurrir en el Contrato de Prestación, por el período de tiempo que se establezca en la adjudicación de la misma, de acuerdo a lo estipulado en las letras a) y b), del artículo N° 7 de la Ley de FUC. El territorio reservado para esta concesión comprende el subsuelo situado en calle Prieto Norte, entre Av. Alemania y Av. Pedro de Valdivia, en la comuna de Temuco. Se define un área de exclusión de estacionamientos en superficie en Bien Nacional de Uso Público (BNUP), la cual se individualiza en la licitación con sus aclaraciones. Dentro de esta área de exclusión se excluyen como tales aquellas actualmente concesionadas por el Municipio y con contrato de parquímetros, como también, el municipio podrá autorizar el estacionamiento de los residentes, mediante entrega de una validación municipal en formato a definir.
1.4.- Estructura Tarifaria: No corresponde en esta etapa.
Debe decir:
PRESTACIÓN.
Consiste en la totalidad de la Infraestructura de subsuelo de los Estacionamientos Subterráneos de Av. Prieto Norte con sus accesos, salidas vehiculares y peatonales que se construyan, y toda aquella inversión Mueble e Inmuebles asociado al proyecto, en conformidad a las presentes Bases de Licitación y en conformidad a lo establecido en el artículo sexto de la Ley de FUC que la Municipalidad recibirá del adjudicatario. Además, se considera todo lo establecido a lo aclarado en la licitación de la propuesta.
La prestación contempla:
a) La construcción del proyecto de subsuelo y superficie, de acuerdo a las Bases y Especificaciones Técnicas del proyecto y todo lo solicitado en los Términos Técnicos de Referencia.
b) La restitución del bien o bienes Inmuebles con sus accesiones correspondientes a los estacionamientos subterráneos entregados en concesión.
El Aporte Pago Mensual de la Concesión a la Municipalidad de Temuco, será un porcentaje aplicado sobre las utilidades mensuales de la concesión, el cual corresponde a un valor ofertado del 7%.
La que será pagada a la municipalidad desde la etapa de explotación hasta el fin de la Concesión, contado desde la recepción definitiva de obras.
Todo lo anterior estará conforme a lo que se establecerá en la oferta del proponente adjudicado de acuerdo a lo estipulado en las letras a) y d) del artículo N° 6 de la Ley de FUC.
MECANISMO DE REAJUSTABILIDAD EN EL PAGO DE DERECHO DE CONCESIÓN ANUAL.
La presente licitación no existe ningún mecanismo externo de reajustabilidad en el tiempo.
CONTRAPRESTACIÓN.
El Municipio de Temuco establece como contraprestación, la concesión para la explotación total o parcial de la infraestructura de subsuelo objeto de la presente licitación, de acuerdo a la oferta, a las normas de Uso de Suelo, el Contrato, y a las modificaciones posteriores que puedan ocurrir en el Contrato de Prestación, por el período de tiempo que se establezca en la adjudicación de la misma, de acuerdo a lo estipulado en las letras a) y b), del artículo N° 7 de la Ley de FUC.
El territorio reservado para esta concesión comprende el subsuelo situado en calle Prieto Norte, entre Av. Alemania y Av. Pedro de Valdivia, en la comuna de Temuco.
Se define un área de exclusión de estacionamientos en superficie en bien nacional de uso público (BNUP), la cual se individualiza en la siguiente planimetría. Dentro de esta área de exclusión se excluyen como tales aquellas actualmente concesionadas por el Municipio y con contrato de parquímetros, como también, el municipio podrá autorizar el estacionamiento de los residentes, mediante entrega de una validación municipal en formato a definir.
1.4) Estructura tarifaria
No aplica para esta propuesta.