COMPLEMENTA PROGRAMA DE EXPROPIACIÓN DE TERRENOS DESTINADOS A LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE LA AVENIDA DIAGONAL LAS TERMAS, EN LA COMUNA DE CHILLÁN DE LA REGIÓN DE ÑUBLE, APROBADO MEDIANTE DECRETO N° 6 EXENTO (V. Y U.), DE 2020
Santiago, 29 de diciembre de 2022.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 83 exento.
Visto:
El artículo 51 de la ley N° 16.391; el N° 1.9 de la parte I del artículo 1° del DS N° 153 (V. y U.), de 1983, que distribuye firma de materias que indica; la resolución exenta N° 14.464 (V. y U.), de 2017, que establece criterios para la adquisición, administración y enajenación de inmuebles de propiedad Serviu; el decreto exento N° 6 (V. y U.), de 2020, que aprueba programa de expropiaciones que indica; el oficio ordinario N° 281, del 14 de diciembre de 2022, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Ñuble, que adjunta informe técnico; el Informe Técnico N° 20, del 13 de diciembre de 2022, de la Jefa del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Ñuble; el ordinario N° 677, del 26 de abril del año 2022, del Director (S) del Serviu de la Región de Ñuble; el Informe Técnico N° 266, del 7 de diciembre de 2022, del Área de Proyectos Urbanos y Ciudad del Serviu de la Región de Ñuble; el ordinario N° 2328, del 15 de diciembre de 2022, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional; y la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, mediante el decreto exento N° 6 (V. y U.), de 2020, fue aprobado el programa de expropiaciones de terrenos en la comuna de Chillán, destinado a la implementación del Proyecto "Mejoramiento Avenida Diagonal Las Termas, Chillán", ubicado en la Región de Ñuble, correspondiente al Código BIP 30126884-0, singularizando 65 inmuebles a expropiar, con una superficie total aproximada de 16.429,94 m² de terreno.
2. Que el Director (S) del Serviu de Ñuble, en virtud de la información actualizada señalada en el Informe Técnico N° 266, de 2022, de dicho Serviu, requirió el complemento del programa de expropiaciones referido en razón de que, dado el transcurso de tiempo comprendido desde el inicio del estudio del proyecto comentado hasta la fecha de su ejecución, se han generado ajustes en el diseño de la vía, así como la creación de nuevos lotes producto de las subdivisiones de terrenos afectados por la proyección de la Avenida Diagonal Las Termas, requiriéndose un aumento en la superficie a expropiar.
3. Que la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Ñuble, por medio del oficio Ord. N° 281, de 2022, ya citado, remitió el Informe Técnico N° 20, de 2022, con una conclusión favorable para la expropiación de 5 nuevos lotes, por una superficie adicional total a expropiar correspondiente a 879,87 m². Por esta razón dicto el siguiente
Decreto:
1. Compleméntase el programa de expropiaciones de terrenos destinados a la implementación del Proyecto denominado "Mejoramiento Avenida Diagonal Las Termas, Chillán", ubicado en la Región de Ñuble, aprobado mediante el decreto exento N° 6 (V. y U.), de 2020, conforme a lo señalado en los Planos de Expropiación sin números, correspondientes a los lotes 66, 67, 68, 69 y 70 del proyecto referido, de agosto, septiembre y noviembre de 2022, suscritos por la Jefa (S) del Departamento Técnico de Construcciones y Urbanización del Serviu de la Región de Ñuble, en el sentido de incorporar los inmuebles cuyos datos se especifican a continuación:

2. Atendida la incorporación de los inmuebles singularizados anteriormente, reemplázase en el párrafo final del N° 1 del decreto exento N° 6 (V. y U.), de 2020, la superficie aproximada total a expropiar señalada, por la de 17.309,81 m² (diecisiete mil trescientos nueve coma ochenta y un metros cuadrados).
3. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial y en un periódico de la provincia de Diguillín, si lo hubiere.
Anótese, notifíquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Tatiana Valeska Rojas Leiva, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.