MODIFICA RESOLUCIÓN N° 200 EXENTA (V. Y U.), DE 2022, QUE LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES AÑO 2022, PARA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, DS N° 19 (V. Y U.) DE 2016
     
    Santiago, 30 de diciembre de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.895 exenta.
     
    Visto: 
     
    a) El DS N° 19 (V. y U.), de 2016, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial;
    b) La resolución exenta N° 1.414 (V. y U.), de 2021, que define Zonas Centrales y Pericentrales para la aplicación de los incentivos establecidos en el Art. 7 letra c) del DS N° 19 (V. y U.), de 2016;
    c) La resolución exenta N° 200 (V. y U.), de 2022, que llama a postulación de condiciones especiales año 2022, para presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial, DS N° 19, de 2016;
    d) La ley N° 21.450, sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y Plan de Emergencia Habitacional;
    e) El oficio ordinario N° 5.352, de fecha 21 de diciembre de 2022, de la Directora del Serviu Metropolitano, que solicita la aplicación de las condiciones establecidas en la resolución exenta N° 200 (V. y U.), de 2022, y sus modificaciones, a los proyectos destinados a familias de sectores medios "Con todos en comunidad 1" y "Con todos en comunidad 2", de la entidad desarrolladora I. Municipalidad de La Pintana, en la comuna de La Pintana, que resultaron seleccionados en el Llamado Nacional del DS N° 19 (V. y U.), de 2016, realizado el año 2019, y
     
    Considerando:
     
    1. Que, la Ley N° 21.450, sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y Plan de Emergencia Habitacional, en especial en el artículo 16, permite que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo implemente medidas que permitan aumentar la productividad de sus procesos y contemplar mecanismos para dar continuidad a aquellos proyectos financiados total o parcialmente con recursos públicos y que no hubieran podido finalizar su construcción;
    2. La necesidad de mejorar las condiciones de financiamiento de los proyectos que han resultado seleccionados, en atención al contexto de restricciones crediticias derivado de la situación de pandemia, y de iniciar a la mayor brevedad la ejecución de estos proyectos que forman parte del Plan de Emergencia Habitacional;
    3. Que, ante la baja oferta del Programa regulado por el DS N° 19 (V. y U.), de 2016, en la comuna de La Pintana, Región Metropolitana, se requiere establecer medidas que permitan factibilizar la ejecución de proyectos seleccionados que aún no inician obras;
    4. Los correos electrónicos de fecha 23 y 28 de diciembre de 2022, que dan cuenta de la conformidad de la Jefa (S) de División de Política Habitacional y de la Jefa de División Jurídica, respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente
     
    Resolución:
     
    1. Modifícase la resolución exenta N° 200, de (V. y U)., de 2022, en el siguiente sentido:
     
    1.1. Sustitúyase en la tabla inserta del numeral 3.4 del Resuelvo 3., los precios máximos de venta de vivienda con subsidio para las siguientes regiones:
     
   
     
    1.2. Modifícase el numeral 14.1 del Resuelvo 14, en el siguiente sentido:
     
    1.2.1. Reemplázase el inciso cuarto por el siguiente párrafo:
     
    "Excepcionalmente, en el caso de los proyectos seleccionados en Llamados en terrenos de propiedad del Serviu realizados durante el año 2019, podrán solicitar al Director/a Serviu, acogerse a los precios máximos de vivienda, montos de subsidio y bonos de integración y captación de subsidios, indicados en el artículo 3°, letra b), artículo 4°, letra b) y en el inciso primero del artículo 5° respectivamente, establecidos en el DS N° 19 (V. y U.), de 2016, procedimiento que podrá ser autorizado mediante resolución del Director/a Serviu, previa solicitud de la Entidad Desarrolladora, adjuntando los antecedentes que la respalden.".
     
    1.2.2. Agrégase el siguiente inciso quinto, pasando el actual inciso quinto a ser inciso sexto:
     
    "En el caso de proyectos en terrenos municipales seleccionados en llamados realizados durante el año 2019, podrán solicitar al Director/a Serviu, homologar los montos de subsidio, bonos y precios máximos de viviendas destinadas a familias de sectores medios, indicados en los Resuelvo 3.2. y 3.3. de la presente resolución, cuya autorización deberá aprobarse en los mismos términos indicados en el inciso precedente.".



    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Tatiana Valeska Rojas Leiva, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.