1º. Reajústase el arancel máximo que podrán percibir los mediadores inscritos en el Registro de Mediadores que establece la ley Nº 19.968 y su Reglamento, en la suma de $115.108.- (ciento quince mil ciento ocho pesos), por cada sesión realizada durante un proceso de mediación en el año 2023.
    2º. Déjase sin efecto el resuelvo primero del decreto exento Nº 109, de 12 de enero de 2022, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que Reajusta Arancel Máximo que podrán percibir los Mediadores Inscritos en el Registro de Mediadores de la ley Nº 19.968.