ESTABLECE MISIÓN, NUEVA ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN EXENTA QUE INDICA
    Núm. 1 exenta.- Santiago, 3 de enero de 2023.
     
    Vistos:
     
    1) Lo dispuesto en los artículos 1º, 4º número 2, letra c), 5º letra f), 13 y 16 del DFL Nº 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo.
    2) Lo preceptuado en la Ley Nº 21.327, de Modernización de la Dirección del Trabajo.
    3) Lo establecido en los artículos 31 y 32 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado en el DFL Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
    4) Lo señalado en el artículo 48 de la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
    5) La resolución exenta Nº 806, de 30 de mayo de 2016, del Director del Trabajo, de la época, que establece nueva denominación, estructura y funciones de la Oficina de Comunicación y Difusión de la Dirección del Trabajo.
    6) El decreto supremo Nº 38, de 19 de abril de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social que nombra Director del Trabajo a la persona que indica.
    7) La resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
     
    Considerando:
     
    1) Que, la Dirección del Trabajo tiene como misión institucional promover, proteger y garantizar los derechos laborales, implementando mecanismos que fortalezcan el diálogo social, y fiscalizando el efectivo cumplimiento de la legislación laboral, previsional y de seguridad y salud en el trabajo, que permitan construir modelos de relaciones laborales justas y equitativas entre trabajadores y trabajadoras, empleadores y empleadoras y organizaciones sindicales.
    2) Que la Institución ha establecido como objetivos estratégicos:
     
    - Aumentar la cobertura de los procesos de fiscalización, a través de la realización de programas de fiscalización focalizados a nivel nacional, regional, fiscalización reactiva y fiscalización electrónica centralizada, mejorando el apoyo técnico a la línea de inspección e incorporando mejoras en las herramientas y sistemas tecnológicos de apoyo.
    - Promover modelos de relaciones laborales justas, mediante la incorporación de la perspectiva de género en la protección de los derechos laborales.
    - Mejorar la calidad y aumentar la cobertura de los productos y servicios de atención directa a los usuarios y usuarias, incorporando activamente su perspectiva, diversificando e impulsando mecanismos de participación ciudadana, que permitan recabar la opinión de la ciudadanía, sobre políticas, programas y problemáticas que les afecten.
    - Promover las instancias de diálogo social tripartito mediante los sistemas de solución alternativa de conflictos, mesas de trabajo y consejos tripartitos regionales de usuarios, que contribuyan a impulsar el trabajo decente.
     
    3) Que, conforme a su Ley Orgánica, corresponderá particularmente a la Dirección del Trabajo, entre otras funciones: "La divulgación de los principios técnicos y sociales de la legislación laboral".
    4) Que, para el adecuado cumplimiento de sus funciones, misión y objetivos estratégicos institucionales, la Dirección del Trabajo debe desarrollar una importante labor comunicacional, orientada al conocimiento de sus planes, políticas y programas, así como a la creación de un perfil público que posicione a esta entidad como un servicio público moderno, respetado y confiable que garantice y promueva relaciones laborales justas, disminuyendo las desigualdades y así contribuir a la justicia social.
    5) Que, la mencionada labor comunicacional constituye una función de apoyo transversal y debe comprender tanto una dimensión interna, dirigida a autoridades y funcionarios/as de la Institución, como una externa hacia la ciudadanía, en el entendido que algunos de los productos generados por la Oficina tendrán un perfil mixto para ambas dimensiones. Todo ello, con el propósito de entregar información de calidad, oportuna y pertinente que oriente sobre los servicios y productos provistos por la Dirección del Trabajo a la comunidad.
    6) Que, la Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo contempla en su estructura una Oficina encargada de las relaciones públicas, información y difusión de las acciones de la Institución, y de asesorar a la Superioridad del Servicio sobre tales materias.
    7) Que, para cumplir con sus actuales desafíos impuestos de modernización y provisión de servicios de calidad la Institución requiere establecer funciones de provisión de contenidos en aquellos ámbitos que, a la luz de los cambios tecnológicos, de uso y administración de redes sociales, predominio de contenidos audiovisuales y exploración de nuevos soportes comunicacionales, surgen como necesarios a desarrollar por la Oficina de Comunicación y Difusión.
     
    Resuelvo:

     
    1) Dispóngase que la Oficina de Comunicación y Difusión tendrá por misión fortalecer la promoción del Trabajo Decente con perspectiva de género a través de la difusión de la normativa laboral, previsional y de salud y seguridad en el trabajo, mediante mensajes claros, directos e innovadores, capaces de posicionar al Servicio en los medios de comunicación, con contenidos, mensajes y gráficas dirigidos a trabajadores/as, empleadores/as y al mundo sindical, así como el diseño, producción y ejecución de todo medio gráfico o actividad comunicacional, incluyendo redes sociales que permita construir relaciones laborales justas y equitativas entre trabajadores/as, empleadores/as y organizaciones sindicales y gremiales.
    2) Establécese que a la Oficina de Comunicación y Difusión le corresponderán, particularmente, las siguientes funciones:
     
    a) La establecida en el DFL Nº 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo, en su artículo 1, letra c), respecto a la divulgación de la legislación laboral.
    b) Elaborar y proponer lineamientos para el posicionamiento público de la Institución, imagen corporativa, discurso, relato y mensajes que se difundirán.
    c) Gestionar la oferta y la demanda informativa de medios de comunicación masivos, digitales, redes sociales.
    d) Construir y desarrollar contenidos y soportes comunicacionales para el apoyo a la Política de Gestión y Desarrollo de las Personas definida por el Departamento homónimo.
    e) Asesorar comunicacionalmente a las autoridades y jefaturas nacionales y regionales de la Institución.
    f) Dar respuesta a las necesidades comunicacionales de aquellos departamentos y equipos, tanto del nivel central como regional de la Dirección del Trabajo, que lo requieran.
    g) Difundir oportuna y adecuadamente los contenidos definidos por la Dirección del Trabajo como necesarios y pertinentes.
    h) Coordinar los eventos internos y externos del nivel central.
     
    3) Establécese la siguiente estructura y funciones de la Oficina de Comunicación y Difusión:
     
    3.1) Estará a cargo de un/a jefe/a que dependerá jerárquicamente de la Autoridad Superior de la Institución, siendo sus funciones principales:
     
    - Liderar la construcción de la estrategia comunicacional de la Dirección del Trabajo y su respectivo plan, tanto externo como interno.
    - Organizar el equipo de comunicaciones en función de la estrategia definida.
    - Coordinar y motivar el trabajo de las áreas en que esté organizada la Oficina de Comunicación y Difusión.
    - Asesorar integralmente al Director Nacional del Trabajo en materias comunicacionales.
    - Trabajar con las jefaturas de los Departamentos, equipos claves de la Dirección del Trabajo y Direcciones Regionales del Trabajo para asesorarlos en los esfuerzos comunicacionales específicos y coordinar que se incorporen a la estrategia comunicacional.
    - Interactuar con el Equipo de Comunicaciones del Ministerio del Trabajo y otras instancias gubernamentales.
    - Liderar el trabajo de los profesionales del equipo, motivándolos y estableciendo instancias de comunicación grupal, evaluación y corrección.
    - Realizar la sanción última de todas las piezas comunicacionales.
     
    3.2) Se designará una subjefatura que dependerá de la jefatura de la Oficina de Comunicación y Difusión, siendo sus funciones principales:
     
    - Gestionar las acciones que le corresponden a la Oficina derivadas de los diversos sistemas de planificación internos (PMG, Plan Operativo, entre otras).
    - Gestionar la ejecución presupuestaria de la Oficina.
    - Gestionar las publicaciones e impresos y su distribución.
    - Coordinar la producción de eventos internos y externos.
    - Generar contenidos comunicacionales, internos y externos.
    - Coordinar la difusión de contenidos institucionales con medios de comunicación masiva, digitales, redes sociales y otros cuando se requiera.
    - Subrogar a la jefatura.
     
    3.3) La Oficina de Comunicación y Difusión estará compuesta por dos Unidades que se denominarán:
     
    a) Unidad de Comunicación Externa. A esta unidad le corresponderá todo el trabajo con medios de comunicación masiva, internet, redes sociales y la elaboración de material impreso destinado a usuarios externos.
    b) Unidad de Comunicación Interna. A esta unidad le corresponderá hacerse cargo de todos los medios, mensajes de comunicación interna y la elaboración de material impreso destinado a usuarios internos.
    c) La labor de ambas Unidades es complementaria e interdependiente, debe desarrollarse en total coordinación e intercambio con el objetivo de potenciar la unicidad, coherencia y precisión de contenidos y productos.
     
    3.4) Las funciones de la Unidad de Comunicación Externa serán:
     
    a) Mantener una relación permanente con los medios de comunicación donde prime la colaboración, la actitud receptiva y el diálogo con esta red de contrapartes.
    b) Explorar nuevos nichos informativos y de exposición de contenidos institucionales con el objetivo de acercar la información institucional a la ciudadanía.
    c) Generar una propuesta de línea editorial anual de acuerdo con las prioridades y conceptos institucionales claves, mediante un análisis comprensivo de temas nacionales y su correlato institucional.
    d) Crear un correlato gráfico de la línea editorial, concordante con principios y conceptos institucionales claves, para uso en productos audiovisuales, impresos, digitales y otros a definir, reflejando en cada producto gráfico tanto la línea estética de gobierno como la traducción en diseño e imagen de las prioridades institucionales.
    e) Actualizar en forma permanente la base de datos de medios de comunicación social para poder actuar con la velocidad y la precisión adecuadas frente a un requerimiento de gran escala, alto interés público, urgencia o que involucre un alcance inmediato a todo el espectro de medios de comunicación (prensa, televisión, radio, medios digitales, medios regionales en todas sus plataformas).
    f) Actualizar en forma periódica el análisis de públicos objetivos, generales y por canal de comunicación (TV, radio, prensa, plataformas digitales).
    g) Generar cuñas audiovisuales de directivos de la institución para medios de comunicación, cubrir las actividades internas con potencial para publicación externa y desarrollar videos, tanto para las Redes Sociales institucionales como para entregar a medios de comunicación, con el fin de otorgar un perfil periodístico a la información interna.
    h) Coordinar su labor en forma permanente con la Unidad de Comunicación Interna para revisiones previas a la publicación, en forma y fondo, de cada material que la Unidad de Comunicación Interna genere, supervisión que será previa al visto bueno final de soportes, impresos o audiovisuales, de la jefatura de la Oficina.
     
    3.5) Las funciones de la Unidad de Comunicación Interna serán:
     
    a) Definir el perfil del público objetivo institucional, distinguiendo las características de éste de acuerdo con los lineamientos que la jefatura de Oficina defina.
    b) Levantar métricas asociadas al uso de las secciones Intranet, DTodos, Estantería y otras que se definan del sitio web institucional en conjunto con el Departamento de Tecnologías de Información.
    c) Establecer mecanismos de retroalimentación sobre contenidos institucionales valorados, necesarios o requeridos, utilizando para ellos las herramientas metodológicas pertinentes.
    d) Reorientar o potenciar contenidos, gráficas y jerarquización de las secciones del sitio web institucional de acuerdo con la información proporcionada por el Departamento de Tecnologías de Información o de los mecanismos de retroalimentación institucional de contenidos.
    e) Producir contenidos audiovisuales y de diseño gráfico institucional de alta calidad técnica y una línea estética contemporánea para soportes web, impresos, redes sociales, audiovisuales, además de otros que se puedan requerir, aplicando un enfoque conceptual acorde a la imagen de gobierno, al perfil de usuario objetivo y al contexto comunicacional donde serán utilizados.
     
    3.6) Todas las comunicaciones estarán supeditadas a la autoridad máxima del Servicio.
     
    4) Déjese sin efecto la resolución exenta Nº 806, de 30 de mayo de 2016, del Director del Trabajo de la época -salvo en lo relativo a la nueva denominación de la Oficina de Comunicación y Difusión de la Dirección del Trabajo, la cual se mantiene-, y cualquier otra normativa contraria a lo expuesto en la presente resolución.
    5) Establécese que la nueva estructura y funciones de la Oficina de Comunicación y Difusión comienza a regir a partir de la fecha de dictación de la presente resolución exenta.
    6) Publíquese la presente resolución exenta en el Diario Oficial, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 48, de la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
     

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Pablo Zenteno Muñoz, Director del Trabajo.