La presente ley tiene por objeto modificar el artículo décimo transitorio de la ley N° 21.420, que reduce o limita exenciones tributarias que indica, en el sentido de posponer la entrada en vigor de las modificaciones que la referida ley introduce al Código de Minería en su artículo 10, a partir del 1 de enero de 2024.

LEY NÚM. 21.536
     
POSPONE LOS EFECTOS PARA EL SECTOR MINERO DE LA LEY N° 21.420, QUE REDUCE O ELIMINA EXENCIONES TRIBUTARIAS QUE INDICA
     
    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
     
    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Sustitúyese en el inciso primero del artículo décimo transitorio de la ley N° 21.420, que reduce o limita exenciones tributarias que indica, la expresión "transcurrido un año desde su publicación en el Diario Oficial" por la frase "a partir del 1 de enero de 2024, debiendo considerarse todos los plazos establecidos en dicho artículo a contar de esta fecha".".



    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
     
    Santiago, 20 de enero de 2023.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Marcela Hernando Pérez, Ministra de Minería.- Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a usted, para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Willy Kracht Gajardo, Subsecretario de Minería.