Artículo 15.- Del responsable de la base de datos. Corresponderá al Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Evaluación Social, administrar las bases de datos utilizadas para la construcción del instrumento, siendo responsable del resguardo de los registros donde se almacenan datos personales usados para estos efectos, debiendo adoptar todas las medidas de seguridad, técnicas y organizativas que garanticen por defecto la confidencialidad, finalidad en el tratamiento de datos personales, integridad y disponibilidad de la información para los fines del instrumento. Estas medidas deberán aplicarse a la cantidad de datos personales recogidos, a la extensión de su tratamiento, a su plazo de conservación y a su accesibilidad.