Artículo 1. Modifíquese el artículo 1 del decreto supremo N° 54, de 2019, del Ministerio de Salud, que fijó los establecimientos urbanos de desempeño difícil de atención primaria de salud, período 2020 a 2022, en el sentido que se indica a continuación:
     
    a) Reemplázase el párrafo segundo según lo siguiente:
     
    Donde dice: "Sus dotaciones suman 587.266 horas semanales, lo que constituye el 24,96% del total de horas semanales de la dotación urbana nacional, ascendente a 2.352.807.- horas semanales. Ellas darán derecho a la asignación correspondiente, en los porcentajes que a continuación se indica:".
     
    Debe decir: "Sus dotaciones suman 587.580 horas semanales, lo que constituye el 24,97% del total de horas semanales de la dotación urbana nacional, ascendente a 2.353.121.- horas semanales. Ellas darán derecho a la asignación correspondiente, en los porcentajes que a continuación se indica:".
   
    b) Reemplázase el primer párrafo de la letra C.- Tercer Tramo: 5% de Asignación de Desempeño Difícil, según lo siguiente:
     
    Donde dice: 470.597.- horas semanales, que completan el 24,96% del total de las horas dotación en establecimientos urbanos de Atención Primaria de Salud Municipal. Sumado a los tramos anteriores representan el 100% de la dotación considerada para el beneficio.
     
    Debe decir: 470.911.- horas semanales, que completan el 24,97% del total de las horas dotación en establecimientos urbanos de Atención Primaria de Salud Municipal. Sumado a los tramos anteriores representan el 99,88% de la dotación considerada para el beneficio.
     
    c) Reemplázase el número de horas semanales correspondiente a los siguientes establecimientos urbanos de Atención Primaria de Salud Municipal: