Artículo 2. Modifíquese el artículo 2 del decreto supremo Nº 54 de 2019, del Ministerio de Salud, que concedió una asignación de desempeño difícil de 15% al personal que labora en los Servicios de Atención Primaria de Urgencia Urbanos, en el sentido que se indica a continuación:
     
    a) Sustitúyase el primer párrafo, según lo siguiente:
     
    Donde dice: "Concédese una asignación de desempeño difícil de 15% al personal que labora en los Servicios de Atención Primaria de Urgencia Urbanos, que se señalan en las siguientes comunas, correspondiente a 139.120.- horas semanales, que representan el 4,41% del total de horas de la dotación de Atención Primaria de Salud Municipal del país (3.154.991.- horas semanales)".
     
    Debe decir: "Concédese una asignación de desempeño difícil de 15% al personal que labora en los Servicios de Atención Primaria de Urgencia Urbanos, que se señalan en las siguientes comunas, correspondiente a 139.736.- horas semanales, que representan el 4,43% del total de horas de la dotación de Atención Primaria de Salud Municipal del país (3.156.556.- horas semanales)".
     
    b) Reemplázase el Nº 16 del cuadro contenido en el artículo 2, según lo siguiente:
     
    Donde dice:
    Debe decir:
    c) Reemplázace el Nº 196 del cuadro contenido en el artículo 2, según lo siguiente:
    Donde dice:
    Debe decir:
    d) Incorpórese al final del cuadro contenido en el artículo 2, luego del Nº 196, los siguientes establecimientos: