MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 148 EXENTA, DE 2022, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49, DE 2011, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL Y COLECTIVA PARA LAS TIPOLOGÍAS DE PEQUEÑO CONDOMINIO, DENSIFICACIÓN PREDIAL Y CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO, INCLUYENDO EL PROCEDIMIENTO DE AUTOCONSTRUCCIÓN ASISTIDA EN LOS CASOS QUE PROCEDE, Y APRUEBA NÓMINA DE PROYECTOS CALIFICADOS AL DÍA 27 DE DICIEMBRE DE 2022
     
    Santiago, 7 de febrero de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 428 exenta.
     
    Visto:
     
    a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    b) La resolución exenta Nº 2.007 (V. y U.), de fecha 17 de diciembre de 2021, y su modificación, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2022 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011;
    c) La resolución exenta Nº 148 (V. y U.), de fecha 4 de febrero de 2022, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación individual y colectiva para las tipologías de Pequeño Condominio, Densificación Predial y Construcción en Sitio Propio, incluyendo el procedimiento de Autoconstrucción Asistida, en los casos que procede;
    d) La resolución exenta Nº 989 (V. y U.), de fecha 4 de agosto de 2022, que modifica la resolución exenta citada en el Visto c), precedente, y aprueba nómina de proyectos calificados al 5 de mayo de 2022, entre los cuales se encuentran los proyectos de Construcción en Sitio Propio, "Comité de Vivienda Boyén", código informático 163399, "Comité de Vivienda Purén", código informático 162468, y "Comité Agua Buena", código informático 165352;
    e) La resolución exenta Nº 1.711 (V. y U.), de fecha 14 de diciembre de 2022, que modifica la resolución exenta citada en el Visto c), precedente, y aprueba nómina de proyectos calificados al 30 de agosto de 2022, entre los cuales se encuentra el proyecto de Construcción en Sitio Propio "Lidia Carmen Leiton Arancibia", código informático 150773;
    f) La resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015 y sus modificaciones, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, y
     
    Considerando:
     
    a) Que mediante la resolución señalada en el Visto c) y sus modificaciones, se llamó a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación individual y colectiva para proyectos de las tipologías de pequeño condominio, densificación predial y construcción en sitio propio que obtengan su Calificación hasta los días 5 de mayo, 30 de agosto, y 27 de diciembre de 2022, siendo para este caso la selección correspondiente al cierre del día 27 de diciembre.
    b) Que, conforme al procedimiento establecido en el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, corresponde aprobar la selección de las postulaciones presentadas hasta el cierre del día 27 de diciembre, en el llamado a que se convocó mediante la resolución indicada en el visto c) precedente.
    c) Que, se requiere rectificar montos de financiamiento de proyectos seleccionados mediante las resoluciones citadas en los Vistos c) y d), debido a inconsistencias entre los reportes del sistema informático, en particular en las regiones de Coquimbo y Ñuble.
    d) La necesidad de rectificar las nóminas de proyectos aprobados y seleccionados, durante la revisión los cierres del 5 de mayo y del 30 de agosto del llamado a concurso señalado en el Visto c) precedente, debido a que se detectaron inconsistencias en la fecha de calificación informadas en los reportes del sistema informático, en particular para las regiones de Atacama y Maule.
    e) La necesidad de ajustar los recursos dispuestos en el llamado a que se convocó mediante la resolución exenta indicada en el Visto c), en atención a la demanda y alternativa de postulación recibida y a los recursos disponibles a nivel nacional.
    f) Los correos electrónicos de fecha 1 y 3 de febrero de 2023 que dan cuenta de la conformidad de los Jefes de División de Política Habitacional y Jurídica, ambos de Vivienda y Urbanismo, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente
     
    Resolución:

     
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 148 (V. y U.), de 2022, en el sentido de reemplazar la tabla inserta en su Resuelvo 2. por la siguiente:
     
   
     
    2. Modifícase la resolución exenta Nº 989 (V. y U.) de 2022, en el siguiente sentido:
     
    a) Reemplázase en la columna Nº 26 de las tablas insertas en los Resuelvos 2. y 3., Construcción en Sitio Propio, para el proyecto Comité de Vivienda Boyén, de la Región de Ñuble, código 163399, en Comuna "Chillán", por "Pinto".
    b) Reemplázase las columnas Nºs. 25 y 27 de la tabla inserta en el Resuelvo 2., Construcción en Sitio Propio, por las siguientes:
     
   
     
    c) Reemplázase en la tabla inserta en el Resuelvo 4., Alternativa Colectiva, las filas correspondientes a la Región de Ñuble Selección cierre 05/05/2022, Monto Subsidios (UF), Saldo Alternativa Colectiva, y Total País, los valores "14.009,22", "5.990,78", "174.226,71" y "475.773,29", por los números "15.049,25", "4.950,75", "175.266,74" y "474.733,26", respectivamente.
    d) Reemplázase en la tabla de Construcción en Sitio Propio, inserta en su Anexo Único, en su fila Nº 25, correspondiente a la Región de Ñuble, proyecto Comité de Vivienda Purén código 162468, los siguientes montos, según las columnas que se identifican a continuación:
     
   
     
    e) Reemplázase en la tabla de Construcción en Sitio Propio, inserta en su Anexo Único, en su fila Nº 27, correspondiente a la Región de Ñuble, proyecto Comité Agua Buena código 165352, los siguientes montos, según las columnas que se identifican a continuación:
     
   
     
    3. Modifícase la resolución exenta Nº 1.711 (V. y U.) de 2022, en el siguiente sentido:
     
    a) Reemplázase en la columna Nº 1 de la tabla inserta en el Resuelvo 3., Construcción en Sitio Propio, para el proyecto Lidia Carmen Leiton Arancibia, de la comuna La Serena, de la Región de Coquimbo, código 150773, en Total UF el número "1.208,80", por "800,8".
    b) Reemplázase en la columna Nº 1 de la tabla inserta en el Resuelvo 4., Construcción en Sitio Propio, para el proyecto Lidia Carmen Leiton Arancibia, de la comuna La Serena, de la Región de Coquimbo, código 150773, en Asistencia Técnica (1) el número "448,80", por "40,8", y en Total 1+2+3 el número "467,82", por "59,80".
    c) Reemplázase en la tabla inserta en el Resuelvo 5., Alternativa Individual, las filas correspondientes a la Región de Coquimbo Selección cierre 30/08/2022, Saldo Alternativa Individual y Total País, los valores "2.023,60", "12.976,40", "13.609,06" y "177.547,14", por los números "1.615,60", "13.384,40", "13.201,06" y "177.955,14", respectivamente.
     
    4. Apruébase la siguiente nómina de proyectos seleccionados para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, con su respectivo financiamiento total, incluyendo los servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, correspondientes a 133 proyectos en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, 24 de ellos postulados de manera colectiva en las regiones de Atacama, Maule, Biobío, Los Lagos, Metropolitana y Ñuble, y 107 proyectos postulados de manera individual en las regiones de Maule, Araucanía y Los Lagos; y 2 proyectos en la modalidad Pequeño Condominio, en la Región Metropolitana, todos parte de los procesos de selección cuyo cierre de postulación se realizó el 27 de diciembre de 2022, incluidos además aquellos proyectos que quedaron rezagados de los cierres de postulación efectuados el día 5 de mayo y el día 30 de agosto, todos del llamado efectuado por resolución exenta Nº 148 (V. y U.), de 2022:
     
    CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO
     
   
     
   
     
   
     
    PEQUEÑO CONDOMINIO
     
   
     
    El detalle de los recursos comprometidos por concepto de subsidio base y subsidios complementarios para cada uno de los proyectos seleccionados en el presente resuelvo y que por este acto se asignan, se informa en la nómina que se adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente resolución.
    5. El monto del subsidio asignado de conformidad con el cuadro del Resuelvo 4. de esta resolución comprende los siguientes montos por concepto de Servicios de Asistencia Técnica, de Labores de Fiscalización Técnica de Obra y pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces:
     
    CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO
     
   
     
   
     
    PEQUEÑOS CONDOMINIOS
     
   
     
    Dichos montos fueron calculados conforme a la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, mencionada en el visto d) de la presente resolución:
     
    i. En el caso de los Servicios de Asistencia Técnica, los montos a pagar se determinan de acuerdo al número de familias que se benefician por esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 3, número 2 de la resolución exenta Nº 1.875 ya citada. En dicho monto, en los casos que correspondía, se incluyó el incremento relativo al área de "Elaboración de proyectos técnicos y contratación de obras", que se señala en el resuelvo 7.1 de la resolución exenta Nº 148 (V. y U.), de 2022. Junto a ello, el monto total incluye los incrementos por concepto de Habilitación, Territorios Especiales y Localidades Aisladas, Discapacidad y Movilidad Reducida que determina la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015. En el caso de aquellos proyectos que se acogieron a lo establecido en el resuelvo 9.1 de la resolución exenta Nº 148 (V. y U.), de 2022, si bien les fue otorgado el monto de asistencia técnica correspondiente, de acuerdo a lo señalado precedentemente, para el pago de los servicios, el Serviu deberá haber otorgado la calificación definitiva de el o los proyectos.
    Mediante resolución del Director del Serviu respectivo, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, establece en las letras g.1), g.2), j) y k) del número 3 de su artículo 3º.
    ii. Los montos a pagar por la Fiscalización Técnica de Obras se determinan de acuerdo a la totalidad de viviendas del proyecto, según el mecanismo expresado en el artículo 4º, número 17, de la resolución exenta Nº 1.875, ya citada.
     
    6. Los recursos comprometidos en los Resuelvos 4. y 5. de la presente resolución, para los proyectos seleccionados en el concurso que se llamó por resolución exenta Nº 148 (V. y U.), de 2022, cuyo cierre de postulación se efectuó el día 27 de diciembre de 2022, se resumen en el siguiente cuadro para cada región del país, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y Unidades de Fomento comprometidas, considerando los montos de subsidio de los proyectos, incluidos sus respectivos servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, según alternativa de postulación:
     
    ALTERNATIVA COLECTIVA
     
   
     
    ALTERNATIVA INDIVIDUAL
     
   




NOTA
      La letra a y b del numeral 1° de la Resolución 1254 Exenta, Vivienda, publicada el 31.07.2023, modifica la presente norma en el sentido de reemplazar en la tabla inserta en su Resuelvo 4, Construcción en Sitio Propio, su fila N° 122 y en Pequeño Condominio, su fila N° 1 respectivamente por las que la citada norma indica en tablas adjuntas.
    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Tatiana Valeska Rojas Leiva, Ministra de Vivienda y Urbanismo (S).
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Carlos Araya Salazar, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).

     
    NÓMINA DE PROYECTOS PARA CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO SELECCIONADOS - LLAMADO EFECTUADO MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA Nº 148, (V. y U.), DE 2022 - CIERRE DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2022
    CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO
   
     
   
     
    PEQUEÑO CONDOMINIO
     
   


NOTA
      La letra c y d del numeral 1° de la Resolución 1254 Exenta, Vivienda, publicada el 31.07.2023, modifica la presente norma en el sentido de reemplazar en la tabla inserta en su Anexo Único, en su fila N° 122, correspondiente a la Región Metropolitana, proyecto Comité de Adelanto la Bendición del Mañana, código 170537, en su fila N° 1, correspondiente a la Región Metropolitana, proyecto Condominio de Vivienda Pequeño Condominio Renca, código 169102 respectivamente, por las que la citada norma indica en tablas adjuntas.