Artículo 1°.- Reemplázase el artículo 10 letra i) del Decreto de Emisión, por el siguiente:
"i) Vencimiento y Amortización de Capital: El vencimiento de los Bonos BTP y BTU ocurrirá después del año 2023. El año de vencimiento de cada bono será el que se indique en el Símil respectivo.".