NOMBRA SECRETARIO EJECUTIVO TITULAR Y SUBROGANTE DE LA SECCIÓN CHILENA DE LA COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL TRATADO SOBRE INTEGRACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN MINERA ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA DE ARGENTINA
Núm. 13.- Santiago, 16 de mayo de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32 del decreto supremo N° 100 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia del año 2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto N° 2.275 del Ministerio de Relaciones Exteriores de 2000, que promulgó el Tratado entre la República de Chile y la República de Argentina sobre Integración y Complementación Minera, su Protocolo Complementario y el Acuerdo que corrige dicho Protocolo; en el decreto N° 188 del Ministerio de Minería de 2001, que creó la Secretaría Ejecutiva para la Sección Chilena de la Comisión Administradora del Tratado referido; en el decreto N° 12 del Ministerio de Minería de 2019, que nombró en el cargo de Secretario Ejecutivo Titular y Subrogante de la Sección Chilena de la Comisión Administradora del Tratado referido a personas que indica; en el decreto N° 12 del Ministerio de Minería de 2020, que remueve a Secretaria Ejecutiva Subrogante de la Sección Chilena de la Comisión Administradora del Tratado referido; y en la resolución N° 7, de la Contraloría General de la República de 2019.
Considerando:
1.- Que, mediante decreto N° 2.275 del Ministerio de Relaciones Exteriores del año 2000, se promulgó el Tratado entre la República de Chile y la República de Argentina sobre Integración y Complementación Minera.
2.- Que, conforme al artículo 18 del mencionado Tratado, su administración y evaluación está a cargo de la Comisión Administradora, integrada por representantes de los Ministerios de Relaciones Exteriores de la República de Chile y de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República de Argentina y del Ministerio de Minería de la República de Chile y de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería de la República Argentina.
3.- Que, mediante la resolución N° 0-1/2001, y su modificación posterior, de la Comisión Administradora del Tratado sobre Integración y Complementación Minera y su Protocolo Complementario, se aprobó el Reglamento de dicha Comisión, disponiendo en su artículo 11, el funcionamiento de una Secretaría Ejecutiva de cada parte, para efectos de apoyar la coordinación en su ámbito interno, como asimismo las comunicaciones entre sí y nexo entre los integrantes de la Comisión y los miembros nacionales del o los grupos de trabajo que se constituyan, a cargo de un Secretario Ejecutivo designado por la Parte correspondiente conforme con la modalidad de nombramiento y subrogación que determine.
4.- Que, en este sentido, a través del decreto N° 188 del Ministerio de Minería del año 2001, se creó la Secretaría Ejecutiva de la Sección Chilena de la Comisión Administradora del Tratado Sobre Integración y Complementación Minera entre la República de Chile y la República de Argentina, estableciéndose el cargo de Secretario Ejecutivo como responsable de las labores de dicha Secretaría Ejecutiva, conforme al los artículos 2° y 3° del referido decreto.
5.- Que, desde el año 2002, diversos funcionarios han desempeñado el cargo de Secretario Ejecutivo en calidad de titular y subrogante, cuya última designación se estableció mediante el decreto N° 12 del Ministerio de Minería del año 2020, designándose a don Antonio Canale-Mayet Martin, como Secretario Ejecutivo, y a doña Andrea Möhr Beckdorf, como subrogante.
6.- Que, el Ministerio de Minería, a través del decreto N° 12, de 2020, en trámite, ha removido del cargo de Secretaria Ejecutiva subrogante, a doña Andrea Mohr Beckdorf, debido a la renuncia voluntaria que presentó a la Institución.
7.- Que, en este orden de ideas, don Antonio Canale-Mayet Martín presentó su renuncia voluntaria al Ministerio de Minería, a contar del día 6 de septiembre de 2021.
8.- Que, en razón de lo anterior, S.E. el Presidente de la República, en uso de sus facultades, ha resuelto remover a don Antonio Canale-Mayet Martín del cargo de Secretario Ejecutivo Titular, así como nombrar en el mismo a don Lucio Gonzalo Parada Oudkerk, y a don Gonzalo Gutiérrez Gallardo, como Secretario Ejecutivo Subrogante, ambos funcionarios del Ministerio de Minería,
Decreto:
1.- Remuévase a don Antonio Canale-Mayet Martín del cargo de Secretario Ejecutivo Titular de la Secretaría Ejecutiva de la Sección Chilena de la Comisión Administradora del Tratado sobre Integración y Complementación Minera entre la República de Chile y la República de Argentina, a contar del 6 de septiembre de 2021.
2.- Nómbrase a don Lucio Gonzalo Parada Oudkerk, cédula nacional de identidad N° 7.413.328-2, profesional a contrata en la Secretaría y Administración General del Ministerio de Minería, para que asuma la función de Secretario Ejecutivo Titular, y a don Gonzalo Gutiérrez Gallardo, cédula nacional de identidad N° 8.805.305-2, profesional a contrata en la Secretaría y Administración General del Ministerio de Minería, para que asuma la función de Secretario Ejecutivo Subrogante, ambos en la Secretaría Ejecutiva de la Sección Chilena de la Comisión Administradora del Tratado sobre Integración y Complementación Minera suscrito entre las Repúblicas de Chile y Argentina.
3.- Déjase constancia que las personas anteriormente designadas deberán asumir sus cargos en la fecha del presente decreto, por razones de buen servicio, sin esperar su total tramitación.
Anótese, tómese razón, notifíquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Marcela Hernando Pérez, Ministra de Minería.- Antonia Urrejola Noguera, Ministra de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Pedro Aguiló Bascuñán, Subsecretario de Minería (S).