DELEGA FUNCIONES EN CARGO JEFE(A) ÁREA DE GESTIÓN Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS
Núm. 260 exenta.- Santiago, 30 de diciembre de 2022.
Vistos:
Lo dispuesto en el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la ley N° 19.913, que creó la Unidad de Análisis Financiero; el decreto supremo N° 910, de 2022, del Ministerio de Hacienda, que nombró al nuevo director de la Unidad de Análisis Financiero; y la resolución N° 6, de 2019, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1.- Que, la ley N° 19.913, creó la Unidad de Análisis Financiero (UAF) disponiendo que sería un servicio público descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, establece en los artículos 1° y 8° que el jefe superior de la Unidad de Análisis Financiero tendrá el título de director.
2.- Que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 31 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, a los jefes de servicio les corresponde, entre otras materias, dirigir, organizar y administrar la institución, controlarla y velar por el cumplimiento de sus objetivos, responder de su gestión y desempeñar las demás funciones que la ley les asigne, facultando al director para fijar la organización interna de las unidades del Servicio, fijando sus atribuciones, obligaciones y dependencias.
3.- Que, en su oportunidad, mediante resolución exenta N° 277, de 28 de diciembre de 2017, se aprobó la estructura funcional de la Unidad de Análisis Financiero, estableciéndose que el Área de Administración y Finanzas era la responsable de planificar y controlar la gestión administrativa, financiera, de recursos humanos y la provisión de servicios generales de la UAF, con el propósito de asegurar la correcta utilización de los recursos asignados y su efectivo funcionamiento.
4.- Que, a través de la resolución exenta N° 204, de fecha 29 de noviembre de 2022, se suprimió a contar del 1 de enero de 2023, el Área de Administración y Finanzas de la Unidad de Análisis Financiero, creándose en su remplazo el Área de Gestión de las Personas y el Área de Finanzas y Servicios Generales, ambas de la UAF, estableciendo en el citado acto administrativo las funciones de dichas dependencias.
5.- Que, mediante resolución exenta N° 258, de 30 de diciembre de 2022, de esta Unidad de Análisis Financiero, modificó el nombre del Área de Gestión de las Personas pasando a llamarse Área de Gestión y Desarrollo de las Personas.
6.- Que, en su oportunidad, mediante resolución exenta N° 136, de fecha 20 de abril de 2010, de la Unidad de Análisis Financiero, se delegó y confirió facultades directivas al jefe(a) del Área de Administración y Finanzas de la UAF y dejó sin efecto resoluciones exentas anteriores sobre la materia.
7.- Que, mediante resolución exenta N° 259, de 30 de diciembre de 2022, de esta Unidad de Análisis Financiero, se dejó sin efecto la resolución exenta N° 136, de 20 de abril de 2010, de la Unidad de Análisis Financiero, a contar del 1 de enero de 2023.
8.- Que, conforme a lo señalado precedentemente, es necesario delegar funciones en la jefatura del Área de Gestión y Desarrollo de las Personas de la Unidad de Análisis Financiero, a contar del 1 de enero de 2023.
9.- Que, conforme a las facultades que me otorga la ley,
Resuelvo:
1.- Deléguense en el funcionario(a) que ocupe el cargo jefe(a) del Área de Gestión y Desarrollo de las Personas de la Unidad de Análisis Financiera o quien lo subrogue, las siguientes funciones:
I. Resoluciones u otros actos administrativos relativos a personal
1.- Calificar a funcionarios(a) de su dependencia e integrar la junta calificadora de la Unidad de Análisis Financiero en caso que corresponda.
2. Reconocer la participación de funcionarios(as) en actividades de capacitación.
3. Autorizar y firmar actos que reconozcan asignación por antigüedad.
4. Autorizar la ejecución de horas extraordinarias.
5. Autorizar descanso complementario para compensar trabajos extraordinarios.
6. Autorizar o postergar feriados legales, su fraccionamiento o su acumulación.
7. Autorizar permisos administrativos con goce de remuneraciones.
8. Autorizar permisos administrativos sin goce de remuneraciones.
9. Autorizar y suspender asignaciones establecidas en la Ley de Reajuste para el Sector Público según corresponda.
10. Otorgar y suscribir certificados de renta, para la declaración de impuestos.
11. Reconocer licencias médicas para efectos de justificación de inasistencia laboral.
12. Reconocer autorización, ampliación, reducción o rechazo de licencias médicas dictadas por las Instituciones de Salud.
13. Reconocer, prorrogar y suspender asignaciones familiares.
14. Reconocer y suspender asignaciones y beneficios maternales.
15. Reconocer el derecho de hacer uso de permisos maternales y paternales.
16. Reconocer feriado legal progresivo.
2.- Establécese que las mencionadas delegaciones de funciones entrarán a regir a contar del 1 de enero de 2023.
Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Pavez Tolosa, Director, Unidad de Análisis Financiero.