I. Modifíquese la resolución exenta N° 107, de 2015, de la Empresa de Correos de Chile, que crea y reglamenta el servicio "Paquete Express Sucursal", a contar del día 1° de marzo de 2023, conforme a lo siguiente:
     
    Reemplácese el punto 4, del numeral II, por el siguiente nuevo:
     
    "4. Intentos de Entrega y Devoluciones:
     
    . Los envíos llegan a la sucursal o agencia de destino, quedando disponibles para su retiro por la persona a quien va dirigido el envío o a quien éste designe mediante poder simple. Para entrega deberá registrarse el nombre, cédula de identidad o teléfono y firma de la persona.
    . Tiempo de permanencia: en Sucursales y Agencias, el tiempo es de 10 días hábiles.
    . En caso que se cumplan los tiempos de permanencia en la oficina de destino, el envío será devuelto al remitente.".
     
    II. Modifíquese la resolución exenta N° 108, de 2015, de la Empresa de Correos de Chile, que crea y reglamenta el servicio "Paquete Express Domicilio", a contar del día 1° de marzo de 2023, conforme a lo siguiente:
     
    Reemplácese el punto 3, del numeral II, por el siguiente nuevo:
     
    "3. Intentos de Entrega y Devoluciones:
     
    . Se realiza 2 intentos de entrega:
     
    - En el domicilio señalado por el remitente, a persona mayor de 18 años.
    - En caso de fallar en el primer intento de entrega, se devuelve a unidad de "zona amarilla" quien coordinará con remitente para el segundo intento de entrega.
    - En caso que la resolución de la incidencia determine –por indicación del remitente– la derivación a una Sucursal o Agencia, el tiempo de permanencia será de 10 días hábiles. Cumplidos los tiempos de permanencia en la oficina de destino, el envío será devuelto al remitente.
     
    . Serán devueltos al remitente los envíos que después de cumplir los procedimientos, no han podido ser entregados.".
     
    III. Modifíquese la resolución exenta N° 105, de 2015, de la Empresa de Correos de Chile, que crea y reglamenta el servicio "Documento Express", a contar del día 1 de marzo de 2023, conforme a lo siguiente:
     
    Reemplácese el punto 3, del numeral II, por el siguiente, nuevo:
     
    "3. Intentos de Entrega y Devoluciones:
     
    .  Se realiza 2 intentos de entrega en el domicilio señalado por el remitente, a persona mayor de 18 años.
     
    - En caso de fallar en el primer intento de entrega, se devuelve a unidad de "zona amarilla" quien coordinará con remitente para el segundo intento de entrega.
    - En caso que la resolución de la incidencia determine –por indicación del remitente– la derivación a una Sucursal o Agencia, el tiempo de permanencia será de 10 días hábiles. Cumplidos los tiempos de permanencia en la oficina de destino, el envío será devuelto al remitente.
     
    . Serán devueltos al remitente los envíos que después de cumplir los procedimientos, no han podido ser entregados.".