NOMBRA ALTO DIRECTIVO PÚBLICO A DON LUIS ALBERTO PENCHULEO MORALES, EN EL CARGO DE DIRECTOR NACIONAL DE LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA (CONADI)
    Santiago, 9 de mayo de 2022.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 18.
     
    Vistos:
     
    Las facultades que me confiere el artículo 32 de la Constitución Política de la República; lo dispuesto en la ley N° 20.530, que Crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y Modifica Cuerpos Legales que indica; en la ley N° 19.253, que Establece Normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena; el decreto con fuerza de ley N° 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo; el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.882, que Regula la Nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos que indica, del Ministerio de Hacienda; en el decreto supremo N° 556, del Ministerio de Hacienda, de 19 de abril de 2022; en la ley N° 21.395, de Presupuesto del Sector Público para el año 2022; en la resolución N° 6 de 2019, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    Que, mediante decreto supremo N° 17, del 9 de mayo de 2022, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, se acepta la renuncia no voluntaria de don Ignacio Andrés Malig Meza, al cargo de Director Nacional de la Corporación de Desarrollo Indígena.
    Que, mediante el decreto supremo N° 556 del 19 de abril de 2022 del Ministerio de Hacienda, se eximio de la aplicación del mecanismo de selección de los altos directivos públicos y de lo dispuesto en los incisos primero a cuarto del artículo quincuagésimo séptimo de la ley N° 19.882, el cargo de Director Nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.
    Que, don Luis Alberto Penchuleo Morales cumple tanto con los requisitos legales como los del perfil del cargo, aprobado por el Consejo de Alta Dirección Pública.
    Que, en el uso de las facultades que me confiere el ordenamiento jurídico, he resuelto nombrar en el cargo señalado a la persona que más adelante se indica.
     
    Decreto:

     
    1°.- Nómbrase, a contar del 9 de mayo de 2022, a don Luis Alberto Penchuleo Morales, cédula nacional de identidad N° 15.502.484-4, en el cargo de Director Nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, en calidad de titular, grado 2 de la Escala Única de Remuneraciones de dicha repartición.
    2°.- Por razones de buen servicio, el nombramiento de don Luis Alberto Penchuleo Morales producirá sus efectos a contar desde la fecha antes señalada, sin esperar la total tramitación del presente acto administrativo.
    3°.- Don Luis Alberto Penchuleo Morales tendrá derecho a percibir una asignación de Alta Dirección Pública ascendente al 72%.
    4°.- El gasto que demande el presente decreto de nombramiento se imputará a la partida 21-06-01, Subtítulo 21 "Gastos de Personal" del Presupuesto de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.
     
    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Jeanette Vega Morales, Ministra de Desarrollo Social y Familia.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Francisca Perales Flores, Subsecretaria de Servicios Sociales.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Departamento de Previsión Social y Personal
Área de Control de Personal de la Administración
Cursa con alcances decreto N° 18, de 2022, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia
    N° ES 85976.- Santiago, 7 de marzo de 2023.
    Esta Contraloría General ha tomado razón del documento del rubro, mediante el cual se nombra a don Luis Alberto Penchuleo Morales como Director Nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, a contar del 9 de mayo de 2022, cargo afecto al Sistema de Alta Dirección Pública, por ajustarse a derecho.
    Sin perjuicio de lo anterior, es menester indicar que mediante el decreto N° 556, de 2022, del Ministerio de Hacienda, el Presidente de la República dispuso que el referido empleo sería eximido de la aplicación del mecanismo de selección de los altos directivos públicos, de conformidad con la facultad establecida en el artículo 1°, numeral 5, de la ley N° 20.955, que introdujo el nuevo artículo trigésimo sexto bis a la ley N° 19.882.
    Ahora bien, es necesario señalar que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo sexagésimo de la mencionada ley N° 19.882, este nombramiento regirá hasta el término del respectivo periodo presidencial, esto es, hasta el 11 de marzo de 2026, sin perjuicio de la facultad contenida en el inciso primero del artículo quincuagésimo octavo del mismo texto legal, lo que no se ha consignado en el decreto en cuestión.
    Por último, se hace presente que mediante decreto N° 586, de 2018, del Ministerio de Hacienda, se fijó en 72% el porcentaje de asignación de alta dirección pública para el mencionado cargo, lo que se omitió indicar en el texto del acto administrativo en estudio.
    Con los alcances que anteceden, se ha dado curso al instrumento del epígrafe.
     
    Saluda atentamente a Ud., Jorge Andrés Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
     
Al señor
Ministro de Desarrollo Social y Familia
Presente.