1. Modifícase la resolución exenta N°2.281 (V. y U.), de 2016, en el siguiente sentido:
a. Agrégase a continuación del último párrafo del numeral vi., de la letra c, de su Resuelvo 1., el siguiente párrafo final, nuevo:
"Con todo, este requisito de ahorro mínimo comenzará a ser exigible para los postulantes cuyas cartas se emitan a contar del 1 de abril de 2024.".
b. Elimínase su Resuelvo 2.
2. Déjase establecido que la resolución exenta N°2.281 (V. y U.), de 2016, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por el presente acto administrativo.