1. Modifícase la resolución exenta N°2.281 (V. y U.), de 2016, en el siguiente sentido:
     
    a. Agrégase a continuación del último párrafo del numeral vi., de la letra c, de su Resuelvo 1., el siguiente párrafo final, nuevo:
     
    "Con todo, este requisito de ahorro mínimo comenzará a ser exigible para los postulantes cuyas cartas se emitan a contar del 1 de abril de 2024.".
     
    b. Elimínase su Resuelvo 2.
     
    2. Déjase establecido que la resolución exenta N°2.281 (V. y U.), de 2016, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por el presente acto administrativo.