Artículo 16.
Las instituciones participantes representarán alDecreto 240 EXENTO, HACIENDA
N° 1, 1
D.O. 22.06.2024 Fondo en la cobranza de los financiamientos respecto de cuyos derechos este se haya subrogado, e informarán el resultado de las cobranzas. Respecto de aquellos financiamientos que, después de la cobranza que realice la institución participante, no se encuentren totalmente pagados, se aplicará lo estipulado en el artículo 6 bis de la ley 21.543 en el proceso de declaración de impuestos siguiente.
N° 1, 1
D.O. 22.06.2024 Fondo en la cobranza de los financiamientos respecto de cuyos derechos este se haya subrogado, e informarán el resultado de las cobranzas. Respecto de aquellos financiamientos que, después de la cobranza que realice la institución participante, no se encuentren totalmente pagados, se aplicará lo estipulado en el artículo 6 bis de la ley 21.543 en el proceso de declaración de impuestos siguiente.