Artículo 16. LíDecreto 241 EXENTO,
HACIENDA
N° 12
D.O. 22.06.2024mites de Cobertura de Garantía Apoyo a la Construcción por Segmento.
HACIENDA
N° 12
D.O. 22.06.2024mites de Cobertura de Garantía Apoyo a la Construcción por Segmento.
Los límites de cobertura de las Garantías Apoyo a la Construcción, según el tamaño de la empresa y el monto máximo de financiamiento, serán los siguientes:
a. Mipymes: 80% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 75.000 UF.
b. Grandes I: 70% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 150.000 UF.
c. Grandes II: 60% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 250.000 UF.
d. Grandes III: 50% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 500.000 UF.
En aquellos casos en que la operación de financiamiento con Garantías Apoyo a la Construcción sea utilizada para la toma de una boleta de garantía en favor de un Ministerio, Servicio público centralizado o descentralizado, Gobierno Regional o Municipio, los límites de cobertura de las Garantías serán los siguientes:
a. Mipymes: 90% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 75.000 UF.
b. Grandes I: 80% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 150.000 UF.
c. Grandes II: 70% del soldo adeudado de cada financiamiento de hasta 250.000 UF.
d. Grandes III: 60% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 500.000 UF.