Apruébase la Primera Enmienda a la Sexta Edición del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil, de esta Dirección General, en los siguientes términos:
     
    . Introdúcense en el Capítulo 2 denominado Asignación de Responsabilidades, las siguientes modificaciones:
     
    1. Elimínase en el párrafo 2.8.1 el siguiente texto "La participación de las Fuerzas Armadas estará contemplada en los Planes de Contingencia de los Aeródromos (PCA)".
    2. Incorpórase los siguientes nuevos párrafos:
     
    "2.8.1.1 En virtud de lo señalado en el párrafo anterior la DGAC podrá requerir el apoyo de la Agrupación Antisecuestro de Aeronaves-Unidad Fundamental de Fuerzas Especiales (ASA-UTAFE) de la Fuerza Aérea de Chile, para hacer frente a actos de interferencia ilícita, en medidas de prevención y respuesta, contando con personal capacitado y calificado, que pueda desplazarse rápidamente a los aeródromos, cuando se sospeche que pueda ocurrir u ocurra un acto de interferencia ilícita.".
    "2.8.1.2 La participación de las Fuerzas Armadas estará contemplada en los Planes de Contingencia de los Aeródromos (PCA)."