Artículo 2.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 19.665, que reforma el Código Orgánico de Tribunales:
1.- Intercálase en el inciso segundo de su artículo 12 ter, entre las expresiones "Investigaciones de Chile" y "y por el Subsecretario" lo siguiente: ", por el Director Nacional de Gendarmería de Chile".
2.- Intercálase en el inciso tercero de su artículo 12 quáter, entre las expresiones "que corresponda" y "y por el Presidente" lo siguiente: ", por el Director Regional de Gendarmería respectivo".