APRUEBA PLAN DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO
Núm. 550.- Doñihue, 3 de abril de 2023.
Vistos:
1. La ley 20.958 publicada en el Diario Oficial el 15.10.2016, que establece un sistema de aportes al espacio público y, en uso de las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones, lo dispuesto en la ley 19.880, sobre procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.
2. El decreto alcaldicio N° 513, de fecha 27 de marzo de 2023, que establece subrogancias de cargos que indica.
Considerando:
1. Que, la ley 20.958 modificó el decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1975, la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
2. Que, en virtud del artículo 175 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), los proyectos que conlleven crecimiento urbano por densificación deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70 de la misma ley, directamente, o a través de un aporte equivalente al avalúo fiscal del porcentaje de terreno a ceder a la municipalidad respectiva.
3. Que, el artículo 176 de la LGUC establece que cada municipio elaborará un plan comunal de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público, que contendrá una cartera de proyectos, obra y medidas incluidas en los instrumentos de la planificación territorial existentes o asociadas a estos debidamente priorizadas, para mejorar sus condiciones de conectividad, accesibilidad, operación y movilidad, así como la calidad de sus espacios públicos y la cohesión social y sustentabilidad urbanas.
4. Que, el plan deberá someterse a la aprobación del Concejo Municipal respectivo. Una vez aprobado, será decretado por el alcalde, quien remitirá copia al Gobierno Regional.
5. Que, mediante reunión de fecha 16 de noviembre de 2021 se conformó una Mesa Técnica Municipal (MTM) integrada por funcionarios municipales del área de la Secretaría de Planificación Comunal cuya función es la supervisión y validación de las etapas del Plan Comunal de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público.
6. Que, el día 3 de noviembre de 2022 en reunión de la Comisión de Infraestructura junto con la coordinadora del PIIMEP, expusieron los alcances de la aplicación de la Ley de Aportes al Espacio Público.
7. Que, se informa al alcalde la necesidad que el Departamento de Administración y Finanzas genere una cuenta especial para recaudar los aportes recibidos por la aplicación de la Ley 20.958 de aportes al espacio público.
8. Se certifica la creación de la cuenta contable N° 214.05-76-000-000-000.
9. Que, mediante el acuerdo N° 24 de la Secretaría Municipal se acredita que en la sesión ordinaria N° 07 del Concejo Municipal de Doñihue, celebrada el 6 de marzo de 2023, se aprobó por unanimidad el Plan de Inversión en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público, comuna de Doñihue, en los términos presentados en el Concejo Municipal, para así dar cumplimiento a la ley 20.958 de aportes al Espacio Público.
10. Que, se adjunta al presente decreto alcaldicio, memoria e informe ejecutivo del presente Plan Comunal de Inversión en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público de la comuna de Doñihue.
Decreto:
1° Apruébese el Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público, Comuna de Doñihue, que está conformado por la siguiente cartera de proyectos priorizados.
CARTERA DE PROYECTOS PLAN DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO, COMUNA DE DOÑIHUE.

2° De acuerdo a lo indicado en el Art. 178 de la Ley 20.958, los Planes Comunales e Intercomunales en infraestructura de movilidad y espacio público deberán actualizarse periódicamente en un plazo no mayor a 10 años y cada vez que se apruebe un nuevo instrumento de planificación comunal o intercomunal o bien cuando la administración comunal así lo requiera. Esta actualización deberá realizarse bajo los mismos procedimientos administrativos desarrollados para la presente Cartera de proyectos plan de inversión en infraestructura de movilidad y espacio público, comuna de Doñihue.
3° De acuerdo a lo indicado en Vistos, la memoria e informe ejecutivo al Plan Comunal de Inversión en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público, de la comuna de Doñihue, debe estar a disposición permanente de quien lo solicite, incluidas sus actualizaciones y/o modificaciones, además de contar con difusión permanente en plataforma virtual que el Municipio defina para estos efectos.
4° Publíquese en el Diario Oficial de la República de Chile el Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público, Comuna de Doñihue.
Anótese, comuníquese y archívese.- Pabla Ponce Valle, Alcaldesa.- Sonia Soto Soto, Secretaria Municipal (S).