Artículo 1º.- Reemplázase la letra h) del artículo 10º del Decreto de Emisión, por el siguiente texto:
     
    "h) Tasa de Interés: Los Bonos DS Enero 2023 que sean colocados devengarán un interés anual vencido, calculado en forma simple sobre la base de períodos semestrales de 180 días y de años de 360 días que comenzarán a devengarse a partir de la Fecha de Emisión. Dicho interés será de:
     
    - Hasta 8,00% para los Bonos BTP, pudiendo pactarse en los contratos de colocación y símiles, cláusulas o disposiciones que impacten la tasa de interés en función del cumplimiento o no de metas preestablecidas en el ámbito social, adaptación al cambio climático o la protección del medio ambiente;     
    - Hasta 5,00% para los Bonos BTU, pudiendo pactarse en los contratos de colocación y símiles, cláusulas o disposiciones que impacten la tasa de interés en función del cumplimiento o no de metas preestablecidas en el ámbito social, adaptación al cambio climático o la protección del medio ambiente;"