Artículo primero. Tramitación electrónica.

    Los procesos seguidos ante este Tribunal serán tramitados de manera electrónica, de conformidad con lo establecido en el presente Auto Acordado. Para estos efectos, el Tribunal dispondrá el funcionamiento de una "Plataforma de Tramitación Electrónica del Tribunal Constitucional" (en adelante la "Plataforma"), la cual se compondrá por un conjunto de servicios entregados a través del sitio web institucional del Tribunal, a la que tendrán acceso los usuarios que previamente se identifiquen y registren en conformidad a lo dispuesto en el Artículo Cuarto.