DESIGNA A DOÑA MARÍA ANGÉLICA BOSCH CARTAGENA EN EL CARGO DE SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO DE RECTORES DE CHILE (CRUCH)
    Núm. 108.- Santiago, 18 de mayo de 2022.

    Visto:

    Lo dispuesto en el artículo 32, N°s. 10 y 35, de la Constitución Política de la República de Chile; en el DFL Nº 2, de 1985, de Educación, por el que se fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto Orgánico del Consejo de Rectores de Chile; en la Ley Nº 21.395, de Presupuestos para el Sector Público, correspondiente al año 2022; en los artículos quincuagésimo séptimo y quincuagésimo noveno de la Ley Nº 19.882, que Regula Nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos que Indica; en el DFL Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la Ley Nº 18.827, que Sustituye las Plantas del Personal de los Organismos Públicos que indica; en el decreto supremo Nº 353, de 2018, de Educación, que Designa a Doña María Elena González Plitt, en el cargo de Secretaria General del Consejo de Rectores de Chile; en el decreto Nº 538, de 2011, que Establece Porcentaje de Alta Dirección Pública para el cargo de Secretario General del Consejo de Rectores de Chile; en el certificado de 23 de septiembre de 2021, del Consejo de Alta Dirección Pública, que refiere la aprobación del perfil; en la resolución exenta Nº PIN-RE-912, de 2021, del Consejo de Alta Dirección Pública, por el que se convoca al proceso de selección del cargo: en la resolución exenta Nº PIN-RE-1069, de 2021, del Consejo de Alta Dirección Pública, por el que se amplió la convocatoria al proceso de selección en curso; en el certificado emitido por el Consejo de Alta Dirección Pública, de fecha 20 de enero de 2022, por el que se indica que existió una reclamación respecto del proceso de selección, la cual fue desestimada por el referido Consejo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo quincuagésimo sexto de la ley Nº19.882; en el Oficio Reservado Nº 22, de 2022, del Consejo de Alta Dirección Pública, que remite la nómina de candidatos propuestos al Presidente de la República; en el Oficio Gab. Pres. Nº 686, de 2022, del Presidente de la República, que informa nombramiento propuesto por el Consejo de Alta Dirección Pública para el cargo que indica; en el Oficio Ord. Nº 22, de 2022, por el que el Servicio Civil remite los documentos para efectuar el nombramiento; y, en las resoluciones Nºs 6 y 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    Que, de conformidad a lo establecido en el DFL Nº 2, de 1985, de Educación, por el que se fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto Orgánico del Consejo de Rectores de Chile, la citada institución, es una persona jurídica de derecho público, de administración autónoma, a quien le corresponde proponer a las entidades que lo integran, las iniciativas y soluciones destinadas a coordinar sus actividades en todos sus aspectos, para procurar un mejor rendimiento y calidad de la enseñanza superior; especialmente, en la elaboración anual de planes de coordinación de las investigaciones científicas y tecnológicas dentro de los presupuestos que para este fin hayan aprobado las respectivas entidades.
    Que, por decreto supremo Nº 353, de 2018, de este origen, se designa a doña María Elena González Plitt, en el cargo de Secretaria General del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH), de conformidad al procedimiento establecido en la ley Nº 19.882, ya citada.
    Luego, el artículo quincuagésimo séptimo incisos 2° y 3º, de la Ley Nº 19.882, prescriben que los nombramientos tendrán una duración de tres años y que la decisión de la autoridad competente respecto de la renovación o término del período de nombramiento deberá hacerse con treinta días corridos de anticipación a su vencimiento. Adicionalmente, el artículo quincuagésimo octavo inciso primero señala que los altos directivos públicos tendrán en materia de remoción la calidad de empleados de la exclusiva confianza de la autoridad facultada para disponer su nombramiento.
    Que, en este contexto, el nombramiento se efectuó por un período de 3 años, desde la fecha del decreto referido, sin esperar el total trámite del mismo, a contar del 8 de noviembre de 2018.
    Que, de tal manera, habiéndose cumplido de pleno derecho el período señalado y habiéndose determinado la no renovación de la alta directiva pública en el cargo que servía, cesó en su cargo el 8 de noviembre de 2021.
    En consecuencia, mediante el Oficio Ord. Nº 6, de 2021, de este origen, se solicitó al Servicio Civil iniciar la convocatoria al concurso público pertinente, con la anticipación estipulada al efecto.
    Que, el Consejo de Alta Dirección Pública, por acuerdo Nº 7.738, efectuado en la Sesión Ordinaria Nº 1.533, de 23 de septiembre de 2021, aprobó el perfil de selección para el cargo de Secretario General del servicio indicado.
    Que, mediante las resoluciones exentas Nºs PIN-RE-912 y PIN-RE-1069, ambas de 2021, del Servicio Civil, se convocó y amplió el proceso de convocatoria, respectivamente, para proveer el cargo indicado en el párrafo anterior.
    De esta manera, realizado el proceso de concurso, por medio del Oficio Reservado Nº 22, de 2022, el Consejo de Alta Dirección Pública remitió al Sr. Presidente de la República la nómina de los candidatos seleccionados por dicho órgano colegiado.
    Que, por medio del Oficio Gab. Pres. Nº 686, de 2022, el Presidente de la República, Sr. Gabriel Boric Font, comunica al Sr. Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública que, en relación a la nómina de candidatos seleccionados para proveer el cargo de Secretario/a General del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, ha decidido nombrar a doña María Angélica Bosch Cartagena.
    Que, en dicho contexto, el Servicio Civil, mediante el Oficio Ord. N.º PIN-OO-00218-2022, de 2022, remite al Sr. Ministro de Educación, los documentos para efectuar el nombramiento de doña María Angélica Bosch Cartagena para ejercer el referido cargo, lo que se puso debidamente en conocimiento de los interesados. 
    Que, por su parte, el decreto Nº 538, de 2011, del Ministerio de Hacienda, establece el porcentaje de asignación de alta Dirección Pública, para el cargo de Secretario General del Consejo de Rectores de Chile y lo fija en un 40%.
    Que, por disposición del artículo quincuagésimo noveno de la citada ley Nº 19.882, si hubiere cargos de alta dirección pública vacantes, sólo se aplicarán las normas de la subrogación establecidas en la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, sin que sea aplicable el mecanismo de la suplencia.
    Que, al efecto, mediante el decreto exento Nº 319, de 2018, se fijó el orden de subrogación del CRUCH, el cual responde a una especialidad en la materia, por las características particulares de la institución; el citado hecho es avalado por el dictamen Nº 48.426, de 2016, de la Contraloría General de la República.
    De conformidad a lo expuesto, actualmente ejerce el cargo de Secretaria General Subrogante del Consejo de Rectores, doña Marcela Cifuentes Clivio, profesional, grado 6º en la EUR, encargada de administración y presupuesto en el Consejo de Rectores de Chile.
    Que, habiéndose dado pleno cumplimiento a las exigencias legalmente establecidas al efecto, resulta imperioso proceder al nombramiento de la persona que ejercerá en calidad de titular el cargo en comento.

    Decreto:
     
    I. Desígnase, de conformidad a lo dispuesto en el artículo quincuagésimo séptimo de la Ley Nº 19.882, a contar del 13 de junio de 2022, a doña María Angélica Bosch Cartagena, RUT Nº 9.008.090-3, ingeniero civil industrial, en el cargo de Secretaria General del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH), Directivo grado 4º EUR, con residencia en Santiago, del primer nivel jerárquico de Alta Dirección Pública.
    II. La anterior designación se extenderá por un período de tres años, de conformidad a lo establecido en el inciso segundo, del artículo quincuagésimo séptimo, de la ley Nº 19.882. 
    III. Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes individualizada, deberá asumir sus funciones en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
    IV. Déjase constancia que tendrá derecho a percibir un 40% de asignación de Alta Dirección Pública, de conformidad al decreto Nº 538, de 2011, del Ministerio de Hacienda.
    V. El gasto que demande el presente decreto, se imputará a la Partida 09, Capítulo 13, Programa 01, Subtítulo 21, de Gastos del Personal del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH).

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Marco Antonio Ávila Lavanal, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Nicolás Cataldo Astorga, Subsecretario de Educación.