DESIGNA DIRECTOR EJECUTIVO DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE PUNILLA CORDILLERA, DE LAS COMUNAS DE COIHUECO, ÑIQUÉN, PINTO, SAN CARLOS Y SAN FABIÁN, DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 21 DE LA LEY N° 21.040
Núm. 110.- Santiago, 27 de mayo de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 10 y 35 de la Constitución Política de la República; en los artículos 4, 14 y 16 del DFL N° 29, de 2004, de Hacienda, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación; en la Ley N° 21.395, de Presupuestos para el Sector Público, correspondiente al año 2022; en la ley N° 21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública; en el decreto con fuerza de ley N° 56, de 2019, del Ministerio de Educación, que Fija la Planta de Personal del Servicio Local de Educación Pública de la Región de Ñuble que comprende las comunas de San Carlos, Coihueco, Ñiquén, Pinto y San Fabián y otras materias que indica; en el decreto N° 20, de 2021, que Fija Denominación, Ámbito de Competencia Territorial, Domicilio y Calendario de Instalación con las fechas en que iniciarán funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica; en el decreto 68, de 2021, del Ministerio de Educación, que modifica decreto N° 20, de 2021, del mismo origen, por las razones y la forma que indica; en el decreto supremo N° 2.059, de 2021, de Hacienda, que Fija los Porcentajes de Asignación de Alta Dirección Pública, de primer nivel jerárquico que indica; en el Of. Ord. N° 88, de 6 de agosto de 2021, de Educación, en el que se solicita iniciar concursos públicos que indica; en la resolución exenta N° PIN-RE-01170-2021, de 2021, del Servicio Civil, que Convoca a Procesos de Selección Públicos y Abiertos, N° 9.569, para Director(a) Ejecutivo(a) del Servicio Local de Educación Pública de Punilla Cordillera; en la resolución exenta N° PIN-RE-01220-2021, de 2021, del Servicio Civil, que decide ampliación de convocatorias de los procesos de selección públicos y abiertos, para proveer los cargos de N° 1, Director(a) Ejecutivo(a) del Servicio Local de Educación Pública de Punilla Cordillera; en las órdenes de trabajo Nos. 271/2021 y 272/2021, convenios marco servicio de búsqueda y evaluación de altos directivos públicos ID 2239-12-LP15; en el certificado de 19 de octubre de 2021, del Consejo de Alta Dirección Pública, que señala que el perfil de selección del cargo de Director(a) Ejecutivo(a) del Servicio Local de Educación Pública de Punilla Cordillera, del Ministerio de Educación, fue aprobado a través del acuerdo N° 7.768, adoptado en la sesión ordinaria N° 1.541, de 19 de octubre de 2021; en el certificado de 18 de abril de 2022, del Consejo de Alta Dirección Pública, que informa sobre dos reclamaciones al proceso de selección; en el Of. Res. N° 17, de 2022, del Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública que remite la nómina de candidatos propuestos para proveer el cargo; en el Of. Gab. Pres. N° 724, de 2022, por el que el Presidente de la República designa a la Directora Ejecutiva del Servicio Local de Educación Pública de Punilla Cordillera, que indica; y en las resoluciones Nos. 6 y 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
Que, con fecha 24 de noviembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública y establece en el contexto de la política pública de desmunicipalización, la creación de setenta Servicios Locales de Educación Pública, los que se encargarán de proveer, a través de los establecimientos educacionales de su dependencia, el servicio educacional en los niveles y modalidades que corresponda, debiendo orientar su acción de conformidad a los principios que la informan.
Que, en virtud de lo anterior, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 16 de la citada ley, los mentados Servicios Locales de Educación Pública, son órganos públicos, funcional y territorialmente descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relacionan con el Presidente de la República, a través de este Ministerio de Educación.
Enseguida, su artículo 21 prescribe que la dirección y administración de cada Servicio Local estará a cargo de un(a) Director(a) Ejecutivo(a), quien será el jefe superior del servicio y será nombrado por el Sr. Presidente de la República, mediante el proceso de selección de altos directivos públicos.
Que, por su parte, mediante el DFL N° 56, de 2019, del Ministerio de Educación, se Fija Planta de Personal del Servicio Local de Educación Pública de la Región de Ñuble que comprende las comunas de San Carlos, Coihueco, Ñiquén, Pinto y San Fabián y otras materias que indica; estableciéndose en el literal A) numeral 1 del artículo 1°, el cargo de Director Ejecutivo, grado 4° EUS, de la planta de directivos de primer nivel jerárquico del Título VI, de la ley N° 19.882.
Que, en ese contexto, y de conformidad a la programación establecida en el artículo sexto transitorio de la norma en comento, mediante el decreto N° 20, de 2021, de este origen, se fijó la denominación (Punilla Cordillera), ámbito de competencia territorial (comprende las comunas de Coihueco, Ñiquén, Pinto, San Carlos y San Fabián), domicilio y calendario de instalación precisando que el Servicio Local de Punilla Cordillera iniciaría sus funciones el día 1 de marzo de 2022.
En dicho contexto, mediante el Of. Ord. N° 88, de 6 de agosto de 2021, de Educación, se solicitó a la entonces Directora Nacional del Servicio Civil, dar inicio a los concursos públicos que indica, a fin de designar entre otros, a la Directora Ejecutiva del Servicio Local de Educación Pública de Punilla Cordillera.
Que, el Consejo de Alta Dirección Pública, mediante documento de 19 de octubre de 2019, certifica que el perfil de cargo de Directivo(a) Ejecutivo(a) del Servicio Local de Educación Pública de Punilla Cordillera, de este Ministerio de Educación, fue aprobado a través del acuerdo N° 7.768, adoptado en sesión ordinaria N° 1.541, de 19 de octubre de 2021.
Luego, por las resoluciones exentas Nos. PIN-RE-01170-2021 y PIN-RE-01220-2021, de 29 de noviembre y 10 de diciembre, ambas de 2021, se convocó y amplió convocatorias, respectivamente, a procesos de selección públicos y abiertos de amplia difusión, para proveer los cargos que indica, en particular de (la) Director(a) Ejecutivo(a) del Servicio Local de Educación Pública en comento.
A continuación, el Servicio Civil emitió las órdenes de trabajo Nos. 271 y 272, de 2021, relativas al convenio Marco Servicio de Búsqueda y Evaluación de Altos Directivos Públicos ID 2239-12-LP15.
Que, mediante el decreto supremo N° 2.059, de 2021, de Hacienda, se fija el porcentaje de asignación de alta dirección pública para el cargo en comento, el cual corresponde al 35%, tal como refiere el numeral 5 del citado acto administrativo.
Que, con fecha 18 de abril de 2022, el Consejo de Alta Dirección Pública, certifica que una vez concluido el proceso de selección destinado a proveer el cargo de Directivo(a) Ejecutivo(a) del Servicio Local de Educación Pública de Punilla Cordillera, de este Ministerio de Educación, y habiéndose notificado de ello a los postulantes, se presentaron dos reclamaciones al respecto, las que fueron desestimadas por falta de mérito en conformidad con lo dispuesto por el artículo quincuagésimo sexto de la ley N° 19.882.
Luego, mediante el Of. Res. N° 17, de 18 de marzo de 2022, el Servicio Civil remitió al Presidente del Comité Directivo Local, del Servicio Local de Educación Pública de Punilla Cordillera, la nómina de candidatos(as) propuestos por el Consejo de Alta Dirección Pública para proveer el cargo de Director(a) Ejecutivo(a) del Servicio Local de Educación Pública de Punilla Cordillera, de este Ministerio de Educación (concurso N° 9.569).
Que, el Sr. Presidente de la República por Gab. Pres. N° 724, de 25 de mayo de 2022, designó a doña Karina Sabattini Manchego, en el cargo de Directora Ejecutiva, del Servicio Local de Educación Pública de Punilla Cordillera.
Finalmente, el Sr. Ministro de Educación recibió la carpeta que contiene los antecedentes del concurso para proveer el cargo antes mencionado.
Decreto:
1. Desígnase, a contar de la fecha de dictación del presente decreto, a doña Karina Sabattini Manchego, cédula nacional de identidad N° 13.257.758-7, en el cargo de Directora Ejecutiva del Servicio Local de Educación Pública de Punilla Cordillera, que comprende las comunas de Coihueco, Ñiquén, Pinto, San Carlos y San Fabián, por el periodo de seis (6) años.
2. Dispónese por razones impostergables de buen servicio que la persona que se nombra asumirá sus funciones en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
3. Téngase presente que la remuneración de la persona designada será la que corresponde al grado 4° de la Escala Única de Sueldos, de conformidad a lo dispuesto en el DFL N° 56, de 2019, ya individualizado.
4. Fíjase en un 35% el porcentaje de asignación de alta dirección pública para la persona nombrada en el presente decreto, conforme a lo dispuesto en el decreto supremo N° 2.059, de 2021, de Hacienda.
5. Impútase el gasto que irroga la presente designación a la partida 09, capítulo 33, programa 01, Subtítulo 21 gastos en personal, del Servicio Local de Educación Pública de Punilla Cordillera del presupuesto del Ministerio de Educación.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Marco Antonio Ávila Lavanal, Ministro de Educación.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Nicolás Cataldo Astorga, Subsecretario de Educación.