1. Modifícase la resolución N° 7.315, de 2013, del Servicio Agrícola y Ganadero, que Establece regulaciones para el ingreso de material vegetal a nivel de Cuarentena Posentrada Predial, en lo siguiente:
1.1 Sustitúyase el Resuelvo 2.1 por el siguiente:
"2.1. Las siguientes especies deberán cumplir con Cuarentena Predial, en Estación Cuarentenaria 2, bajo las condiciones de aislamiento artificial y físico establecidas por el Servicio, por el período de cuarentena que a continuación se señala:"
1.2 Sustitúyase el cuadro del Resuelvo 2.1.1. letra c) Ornamentales, por el siguiente:




2. El resto de las disposiciones establecidas en la resolución N° 7.315, de 2013, se mantienen inalterables.
3. La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial de Chile.