Artículo 17. Cuando los compuestos orgánicos volátiles fuesen precursores de otro contaminante normado, los planes de prevención y/o de descontaminación que se establezcan para el control de dicho contaminante, podrán incluir medidas de reducción de emisiones de compuestos orgánicos volátiles, se encuentren o no cumplidas las normas de calidad del aire que este decreto establece.