APRUÉBASE EL PROYECTO SELECCIONADO DEL LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES DE PROYECTOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, D.S. N° 19 (V. Y U.), DE 2016, UBICADO EN EL MACRO LOTE MLF1 DE CIUDAD PARQUE BICENTENARIO DE LA COMUNA DE CERRILLOS, DE PROPIEDAD DE SERVIU METROPOLITANO, DISPUESTO POR LA RESOLUCIÓN N° 1.104 EXENTA, DE FECHA 4 DE NOVIEMBRE DE 2022, DE LA SECRETARÍA MINISTERIAL METROPOLITANA DE VIVIENDA Y URBANISMO Y SU MODIFICACIÓN. PLAN EMERGENCIA HABITACIONAL
Núm. 573 exenta.- Santiago, 8 de mayo de 2023.
Vistos:
a) La ley N° 16.391, de 1965, que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y en el DL N° 1.305 (V. y U.), de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
b) La ley N° 19.880, de 2003, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
c) El DS N° 19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial.
d) La resolución exenta N° 2.007 (V. y U.), de fecha 17 de diciembre de 2021, y su modificación, que autoriza llamados a postulación para subsidios habitacionales, durante el año 2022, en sistemas y programas habitacionales que indica.
e) La resolución exenta N° 1.767 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2022, que autoriza efectuar llamados a postulación para subsidios habitacionales, durante el año 2023, en sistemas y programas habitacionales que indica y señala el monto de recursos destinados, entre otros, al programa regulado por el DS N° 19 (V. y U.), de 2016.
f) La Circular N° 01, de fecha 11 de enero 2023, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, que informa el Programa Habitacional del año 2023.
g) La resolución exenta N° 1.309 (V. y U.), de fecha 5 de octubre de 2022, que autoriza la aplicación del Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS N° 19 (V. y U.), de 2016, y la realización de llamados a concurso para la presentación de proyectos en siete terrenos propiedad del Serviu Metropolitano, en las comunas de Cerrillos, La Florida y San Bernardo, en particular en el Lote ML F1 de Ciudad Parque Bicentenario de la comuna de Cerrillos.
h) La resolución exenta N° 1.104, de fecha 4 de noviembre de 2022, de esta Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, que llama a postulación en condiciones especiales para la presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial, regulado por DS N° 19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, en el macro lote ML F1 de Ciudad Parque Bicentenario de la comuna de Cerrillos, de propiedad de Serviu Metropolitano.
i) La resolución exenta N° 556, de fecha 27 de diciembre de 2022, que modifica resolución exenta N° 1.104 de esta Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo.
j) Las facultades que me confiere el DS N° 397 (V. y U.), de 1977, que fija el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
k) El decreto supremo N° 20, de fecha 6 de mayo de 2022, que designa a la infrascrita como Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo.
l) La resolución exenta N° 1.379, de fecha 4 de noviembre de 2021, de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, que deja sin efecto resolución exenta N° 581 de esta Seremi y que actualiza funcionamiento respecto de documentación recibida y despachada desde este órgano y atención presencial a la ciudadanía, durante la alerta sanitaria.
m) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
Considerando:
1. Que, con fecha 5 de octubre de 2022, el Ministro de Vivienda y Urbanismo, a través de la resolución exenta N° 1.309, señalada en el Visto e) de la presente resolución, autorizó la aplicación del Programa de Integración Social y Territorial regulado por el DS N° 19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones y, asimismo, autorizó a esta Secretaría Ministerial para realizar un llamado a concurso en condiciones especiales, para la presentación de proyectos en el Macro Lote ML F1, de propiedad de Serviu Metropolitano, emplazado en Ciudad Parque Bicentenario de la comuna de Cerrillos.

2. Que, la autorización anteriormente mencionada, se ejerció mediante la resolución exenta N° 1.104, de fecha 4 de noviembre del 2022, de esta Secretaría Ministerial, y su modificación, a través de la cual se llamó a Concurso Regional en Condiciones Especiales para la presentación de proyectos habitacionales del citado Programa, en el terreno de propiedad de Serviu Metropolitano, identificado como Macro Lote ML F1 de Ciudad Parque Bicentenario, de la comuna de Cerrillos.
3. Que, la resolución exenta singularizada en el Considerando 1., delegó en esta Secretaría Ministerial la facultad que contempla el artículo 13°, del DS N° 19 (V. y U), de 2016, de dictar la resolución con los proyectos seleccionados, de entre aquellos presentados al Llamado que se autorizó a efectuar en el Resuelvo 2, de la citada resolución exenta y que resulte elegible, conforme a lo señalado en el artículo 12°, del mismo Reglamento.
4. Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 2°, 12° y 13°, del DS N° 19 (V. y U.) de 2016, la Comisión Evaluadora se constituyó para calificar los proyectos presentados al llamado dispuesto por el Resuelvo 1° de la citada resolución exenta N° 1.104, de octubre 2022, sancionando aquellos proyectos elegibles que cumplen con los aspectos señalados como "mínimo esperado" para que participen del proceso de selección del Programa de Integración Social y Territorial, cumpliendo con todas las condiciones, exigencias y requisitos establecidos en el decreto en comento y en la resolución exenta N° 1.104, que llama al Concurso mencionado con anterioridad.
5. Que, con fecha 25 de abril de 2023, la Comisión Evaluadora se constituyó para revisar, evaluar y calificar los dos proyectos habitacionales presentados al Llamado Regional a Concurso en Condiciones Especiales, regulado por la resolución exenta N° 1.103, de fecha 4 de noviembre de 2022, de esta Secretaría Ministerial y su modificación, sancionando aquellos proyectos elegibles que cumplieron con todas las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la resolución exenta antes citada, lo cual le consta a esta autoridad, ya que ha tenido a la vista los antecedentes fundantes de lo anteriormente señalado, por lo que dicto la siguiente:
Resolución:
1° Apruébase el proyecto habitacional elegible, presentado al llamado a postulación en condiciones especiales para proyectos del Programa de Integración Social y Territorial, en el Macro Lote ML F1 de Ciudad Parque Bicentenario de la comuna de Cerrillos, de propiedad del Serviu Metropolitano, dispuesto por el Resuelvo 1, de la resolución exenta N° 1.104, de fecha 4 de noviembre de 2022, de esta Secretaría Ministerial y su modificación. El puntaje obtenido por el proyecto elegible en el proceso de evaluación realizado por la comisión evaluadora se detalla en el siguiente cuadro:
NÓMINA Resolución 1171 EXENTA,
VIVIENDA
N° 2 a)
D.O. 02.09.2023DE PROYECTOS ELEGIBLES LLAMADO A CONCURSO EN EL LOTE MLF1 CPB CERRILLOS DE PROPIEDAD DE SERVIU RM MACRO LOTE ML F1 RES. EX. Nº 1.104, SEREMI METROPOLITANA DE V. Y U. DEL 04.11.2022
VIVIENDA
N° 2 a)
D.O. 02.09.2023DE PROYECTOS ELEGIBLES LLAMADO A CONCURSO EN EL LOTE MLF1 CPB CERRILLOS DE PROPIEDAD DE SERVIU RM MACRO LOTE ML F1 RES. EX. Nº 1.104, SEREMI METROPOLITANA DE V. Y U. DEL 04.11.2022
. 2° Selecciónese el proyecto habitacional del Programa de Integración Social y Territorial elegible denominado "Terrazas del Viento", Código de Proyecto N° 175298 presentado por la Entidad Desarrolladora "Boetsch S.A.", a desarrollarse en el Macro Lote ML F1 de Ciudad Parque Bicentenario de la comuna de Cerrillos, por haber obtenido el puntaje ponderado más alto entre los dos proyectos presentados en el respectivo terreno, y por cumplir con todos los requisitos y las condiciones establecidas en la resolución exenta que llamó al ConcursoResolución 1171 EXENTA,
VIVIENDA
N° 2 b)
D.O. 02.09.2023.
VIVIENDA
N° 2 b)
D.O. 02.09.2023.
. 3º DiResolución 1171 EXENTA,
VIVIENDA
N° 2 c)
D.O. 02.09.2023spóngase una lista de espera con el proyecto señalado en la siguiente tabla, por obtener un puntaje final ponderado menor que el proyecto seleccionado y por cumplir con los requisitos obligatorios señalados en el llamado. La vigencia de dicha Lista de Espera será de 180 días a partir de la total tramitación de la presente resolución. Posteriormente, este proyecto será eliminado del concurso definitivamente.
VIVIENDA
N° 2 c)
D.O. 02.09.2023spóngase una lista de espera con el proyecto señalado en la siguiente tabla, por obtener un puntaje final ponderado menor que el proyecto seleccionado y por cumplir con los requisitos obligatorios señalados en el llamado. La vigencia de dicha Lista de Espera será de 180 días a partir de la total tramitación de la presente resolución. Posteriormente, este proyecto será eliminado del concurso definitivamente.
. 6° Instrúyase lo siguiente:
La Entidad Desarrolladora tendrá un plazo de cinco días hábiles, a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la presente resolución exenta, para poder presentar al Serviu Metropolitano sus observaciones o reclamos al resultado de la selección, si correspondiere. Lo anterior podrá ser realizado a través del correo electrónico lacostar@minvu.cl.
Para ello, la Entidad Desarrolladora deberá ingresar sus observaciones o reclamos por escrito al Serviu Metropolitano y adjuntar una carpeta digital, que contenga los datos del proyecto con su respectiva apelación, además de todos los documentos que avalen su reclamación, esto es, planos, certificados y otros antecedentes que se estimen convenientes.
La apelación deberá centrarse en los motivos del rechazo del proyecto, por lo que no se aceptará el ingreso de nuevos antecedentes, iniciativas y/o cambios en la propuesta presentada inicialmente.
El proyecto seleccionado deberá mantener todas las condiciones técnicas y de diseños presentados por la Entidad Desarrolladora y aprobados por la Comisión Evaluadora, mediante las respectivas Actas de Evaluación. En caso de alguna modificación al proyecto seleccionado, por parte de la Comisión Evaluadora, ésta deberá informar inmediatamente al Serviu Metropolitano y a la División de Política Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, para su aprobación si correspondiese. Dicha modificación no podrá ir de manera alguna, en desmedro del proyecto seleccionado en la presente resolución exenta.
Asimismo, de acuerdo a lo establecido por el DS N° 19 (V. y U.), 2016, junto con el cumplimiento de las condiciones especiales del llamado a concurso, la Entidad Desarrolladora del proyecto seleccionado mediante este acto, deberá mantener las condiciones de la oferta económica por el Macro Lote ML F1, de propiedad de Serviu Metropolitano, correspondiente al primer ingreso a Serviu para su evaluación y emisión de las observaciones de la Comisión Evaluadora. La Entidad Desarrolladora no está autorizada para modificar las condiciones de la oferta económica del terreno, ni para ingresar nuevos antecedentes que modifiquen el proyecto en el proceso de subsanación de las observaciones, a menos que sea en respuesta a una observación específica de la comisión evaluadora.
Si producto de la tramitación municipal del proyecto o de un error involuntario en la información ingresada al sistema informático Rukan, hubiere que efectuar ajustes que impliquen una reducción o aumento en la cantidad de viviendas que no superen el 10% del total aprobado, no se requerirá modificar la presente resolución exenta y sólo será necesaria la modificación del Convenio correspondiente.
7° Impútanse los recursos asignados mediante la presente resolución exenta, ascendentes a 620.928.- Unidades de Fomento, correspondientes a 1.008 cupos de viviendas, a los recursos autorizados para el año 2022 del "Programa de Integración Social y Territorial" para la Región Metropolitana.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Rocío Andrade Castro, Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo.