Artículo 16: Publicada la programación del trabajo, el Ministerio convocará a una audiencia pública, que podrá realizarse de manera presencial o remota, en la que se deberán presentar los contenidos de la programación. La convocatoria deberá ser publicada en el sitio web del Ministerio, señalando el lugar, fecha y hora de realización de esta, y será, además, notificada a quienes figuren en la Nómina de Interesados.