MODIFICA RESOLUCIÓN N° 4.504 EXENTA, DE 2012, DE SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN METROPOLITANA
    Núm. 1.329 exenta.- Santiago, 28 de abril de 2023.
     
    Visto:
     
    La Ley N° 18.059; las resoluciones N° 39, de 1992 y 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 2, 107 y 113 del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo N° 83, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el Ord. 1352, de 5 de abril de 2023, de Directora de Serviu Metropolitano; la resolución exenta N° 4.504, de 12 de septiembre de 2012 y sus modificaciones; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
     
    Considerando:
     
    1.- Que, mediante resolución exenta N° 4.504, de 12 de septiembre de 2012, citada en el Visto, en el marco del "Corredor de Transporte Público Av. Vicuña Mackenna", se establecieron pistas de uso exclusivo para buses de transporte público urbano de pasajeros en calzada central del eje Av. Vicuña Mackenna - Av. Concha y Toro, en los tramos que allí se detallan.
    2.- Que, mediante Ord. 1352, de 2023, de Serviu Metropolitano, citado en el Visto, se informa que mediante oficio 1343, de 2021, del mismo origen, se solicitó cambio de vialidad de eje Vicuña Mackenna a corredor de transporte público, todo ello correspondiente a la obra denominada: "Construcción Corredor de Transporte Público Avda. Vicuña Mackenna Norte Tramo 3, entre Avda. Matta - Carlos Valdovinos", documento en el cual se da cuenta, entre otras materias, de la recepción de las obras por parte de Serviu y, de los semáforos, por parte de UOCT. Por lo anterior, solicita la habilitación permanente de pistas de uso exclusivo de buses correspondientes al tramo indicado.
    3.- Que, atendido el término y debida recepción de las obras señaladas, correspondientes al tramo comprendido entre Avda. Matta y Carlos Valdovinos, resulta necesario incorporarlo en la antes aludida resolución exenta N° 4.504, toda vez que en esta se incluyen todos los tramos de pistas exclusivas del eje Av. Vicuña Mackenna - Av. Concha y Toro. Además, resulta conveniente actualizar el cuadro inserto en dicha resolución, unificando todos los tramos de pistas de uso exclusivo que se encuentran vigentes.
    4.- Que, mediante el decreto N° 236, de 2020, citado en Vistos, se transfirió la competencia radicada en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de prohibir por causa justificada la circulación de todo vehículo o tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas, a los gobiernos regionales, con la expresa excepción del Gobierno Regional Metropolitano.
    5.- Que, sin perjuicio de lo anterior, cabe consignar que el artículo 2° del citado decreto N° 236, de 2020, dispone: "Exceptúase de esta transferencia, la facultad de restringir la circulación en las carreteras interurbanas de alta velocidad, que conectan las diferentes regiones del país y en las pistas o vías exclusivas del transporte público, de conformidad a lo indicado en el considerando 5 de este acto administrativo"; situación de hecho que se verifica en la especie, pues en lo resolutivo del presente acto se agregan pistas de uso exclusivo para buses urbanos de transporte público.
    6.- Que, el numeral 38) del artículo 2 del citado DFL N° 1, de 2007, citado en el Visto, establece que las pistas de uso exclusivo son espacios de la calzada, debidamente señalizados, destinados únicamente al uso de ciertos vehículos, determinados por la autoridad correspondiente.
    7.- Que, por lo expuesto, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL N° 1, de 2007, de Transportes y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer la medida que se establece en el resuelvo del presente acto administrativo.
     
    Resuelvo:


    1.- Modifícase la resolución exenta N° 4.504, de 12 de septiembre de 2012, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, en el sentido de reemplazar el cuadro inserto en su Resuelvo N° 1, por el siguiente:
     
   
     
    2.- En todo lo no modificado por el presente acto administrativo, continuará vigente la resolución exenta N° 4.504, de 12 de septiembre de 2012, de esta Secretaría Regional Ministerial.
    3.- La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
     

    Anótese y publíquese.- Roberto Alexis Santa Cruz González, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana.