Artículo 1.º
Concédese a la sociedad anónima denominada Ferrocarril de Elqui privilejio esclusivo para construir i esplotar un ferrocarril a vapor entre la ciudad de la Serena i la subdelegación de Rivadavia, en el departamento de Elqui.
Este privilejio durará treinta años, contados desde la fecha que se designa mas adelante para la conclusion del ferrocarril.