1. Rectifícase el artículo 18 de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de La Serena, promulgado por Decreto Alcaldicio N° 1302, de fecha 10 de diciembre, publicado en el Diario Oficial el 19 de diciembre, ambos de 2020, en el sentido de agregar, al final del cuadro que allí aparece, lo siguiente:
     
   
     
    2. Déjase establecido que el artículo 18 queda tal como se transcribe a continuación:
     
    CAPÍTULO IV
    DECLARATORIAS DE UTILIDAD PÚBLICA
    Artículo 18°: Afectaciones de Utilidad Pública: Plazas y Parques Comunales
     
    Según lo establece el artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, se encuentran afectos a declaratoria de utilidad pública, los terrenos destinados a plazas y parques comunales que se encuentran graficados en las láminas de Plano PRCLS-1. La localización de nuevos espacios públicos destinados al sistema vial y a parques comunales en su calidad de bienes nacionales de uso público se permite en todas las zonas del PRCLS.
     
    Se grafican de la siguiente forma:
     
    PC Parque Comunal
    PZ Plaza
     
    Parques Comunales (PC)
     
     
     
    3. Publíquese en el Diario Oficial el texto íntegro del presente Decreto Alcaldicio.
    4. Remítase copia del presente acto administrativo a los servicios y unidades municipales mencionadas en el Decreto Alcaldicio N° 1302, que promulgó la Actualización del Plan Regulador Comunal de La Serena.
    5. Comuníquese a quienes aparecen en la distribución por correo electrónico o a través de las cuentas alias, lo que debe realizar Secretaría Municipal.-