1. Rectifícase el artículo 18 de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de La Serena, promulgado por Decreto Alcaldicio N° 1302, de fecha 10 de diciembre, publicado en el Diario Oficial el 19 de diciembre, ambos de 2020, en el sentido de agregar, al final del cuadro que allí aparece, lo siguiente:

2. Déjase establecido que el artículo 18 queda tal como se transcribe a continuación:
CAPÍTULO IV
DECLARATORIAS DE UTILIDAD PÚBLICA
Artículo 18°: Afectaciones de Utilidad Pública: Plazas y Parques Comunales
Según lo establece el artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, se encuentran afectos a declaratoria de utilidad pública, los terrenos destinados a plazas y parques comunales que se encuentran graficados en las láminas de Plano PRCLS-1. La localización de nuevos espacios públicos destinados al sistema vial y a parques comunales en su calidad de bienes nacionales de uso público se permite en todas las zonas del PRCLS.
Se grafican de la siguiente forma:
PC Parque Comunal
PZ Plaza
Parques Comunales (PC)
3. Publíquese en el Diario Oficial el texto íntegro del presente Decreto Alcaldicio.
4. Remítase copia del presente acto administrativo a los servicios y unidades municipales mencionadas en el Decreto Alcaldicio N° 1302, que promulgó la Actualización del Plan Regulador Comunal de La Serena.
5. Comuníquese a quienes aparecen en la distribución por correo electrónico o a través de las cuentas alias, lo que debe realizar Secretaría Municipal.-