APRUÉBASE EXTRACTO, ORDENA SE EFECTÚEN LAS PUBLICACIONES, POR INICIO DEL PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA (EAE) DE LA "MODIFICACIÓN DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CABRERO", AUTORIZA TRATO DIRECTO Y EMITIR ÓRDENES DE COMPRAS
    Núm. 1.111 exento.- Cabrero, 8 de mayo de 2023.
     
    Vistos:
     
    a) Ley N° 19.300 de 1994, que aprueba Bases Generales del Medio Ambiente.
    b) Ley N° 19.886 de 2003, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, artículo 8, letra d), y su Reglamento, artículo 10 N° 4, que autorizan el trato directo en caso de existir un único proveedor del bien o servicio.
    c) Ley N° 19.880 de 2003 sobre Procedimientos Administrativos, artículo 48, en relación a la obligación de publicar en el Diario Oficial de la República de Chile; las leyes, decretos y otras normas jurídicas emanadas de los órganos del Estado.
    d) El decreto N° 32, de fecha 17/08/2015, que aprueba el Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica, del Ministerio del Medio Ambiente.
    e) El decreto supremo N° 22, de fecha 16/01/2016, que aprueba el Reglamento del Diario Oficial de la República de Chile.
    f) Decreto alcaldicio N° 28, de fecha 15/12/2022, que aprueba el Presupuesto Municipal para el año 2023.
    g) El Ord. N° 103 de la Seremi de Medio Ambiente del 15/03/2023 que responde al inicio del proceso de EAE de la Modificación del PRC de Cabrero, recepcionado en Secplan, con fecha 30/03/2023 y su materia inserta.
    h) La elaboración de Extracto para el Inicio del Procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE). referido al Estudio "Modificación Plan Regulador Comunal, de Cabrero".
    i) Las facultades que me confiere la ley N° 18.695 del año 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido coordinado y sistematizado se fijó por el DFL N° 1, publicado en el Diario Oficial con fecha 26/07/2006, y sus modificaciones posteriores.
     
    Considerando:
     
    Que, el decreto N° 32 del Ministerio del Medio Ambiente, señala en su artículo 16° la obligación de hacer público un Extracto de inicio del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), en la ocasión correspondiente al Estudio "Modificación Plan Regulador Comunal, de Cabrero", en Diario Oficial, en diario de circulación provincial, y en sitio electrónico del municipio, como ente responsable del procedimiento administrativo.
    Que, la Municipalidad de Cabrero necesita publicar en Diario Oficial de la República de Chile y diario provincial, el Extracto de Inicio del Proceso de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), del Estudio "Modificación Plan Regulador Comunal, de Cabrero", conforme al nuevo Informe Técnico.
    Que, según lo señalado en el artículo 10 numeral 4 del decreto N° 250 de 2004, que establece el Reglamento de la ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, faculta la realización de contrataciones directas con proveedores únicos.
    Que, la Subsecretaría del Interior es proveedor único del servicio de publicación en Diario Oficial, dado que es la institución oficial del Estado, encargada de la publicación de las leyes, decretos y otras normas jurídicas emanadas de los órganos del Estado, que rigen al país.
    Que, el procedimiento para publicaciones en Diario Oficial es que se envíe el texto a publicar y una vez publicado, se informan los valores finales, al solicitante.
    Que, el diario La Tribuna es proveedor único en la provincia de Biobío.
     
    Decreto:

     
    1) Apruébase el siguiente Extracto para el Inicio del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), correspondiente a la "Modificación Plan Regulador Comunal de Cabrero":
    ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CABRERO
    Extracto Inicio Procedimiento Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) de la "Modificación Plan Regulador Comunal de Cabrero"
    a) Órgano responsable: Ilustre Municipalidad de Cabrero. RUT 69.151.000-K, ubicada en Las Delicias N° 355, Cabrero, representante legal don Mario Gierke Quevedo.
    b) Resumen de Antecedentes: El instrumento a ser evaluado ambientalmente corresponde a la "Modificación Plan Regulador Comunal, de Cabrero", Región del Biobío, Provincia de Biobío.
     
    i) Fines o metas a alcanzar:
     
    1. Generar un nodo de servicios logísticos para el transporte y almacenamiento de mercancías en la localidad de Cabrero, mediante el establecimiento de áreas de almacenamiento, bodegaje y servicios asociados, considerando el mejoramiento de la conectividad vial y ferroviaria, alejado de zonas residenciales.
    2. Detener el proceso de degradación del sector turístico Saltos del Laja, a través de la ampliación del límite urbano, el establecimiento de normas urbanísticas que permitan el saneamiento de los microbasurales, la regulación de la densidad y declaración de utitilidad pública, para mejorar la condición sanitaria de los sectores Los Aromos, Chillancito, Los Encinos y La Aguada.
    3. Revisar las zonas de uso residencial del PRC vigente de modo de ajustarlas a la realidad actual y futura de los sectores Los Boldos, Vista Hermosa y Quinta Poniente, de la localidad de Cabrero; Escritores de Chile en Monte Águila y sector Sur de Charrúa, estableciendo condiciones normativas que permitan disminuir el déficit habitacional.
    4. Evaluar la pertinencia del límite urbano vigente, y la necesidad de generar nuevas zonas residenciales con normas urbanísticas que permitan regular los sectores de: Los Nogales de Membrillar, Lomas de Angol, Los Caulles, La Aguada, Los Encinos, Los Aromos, Chillancito, La Colonia, San Rafael, Altos de Monte Águila, La Puntilla de Charrúa, La Colonia Oriente, La Colonia Poniente y El Aromo de Cabrero.
    5. Dotar de equipamientos, servicios y áreas verdes a la localidad de Cabrero, especialmente al sector oriente consolidado, mediante el establecimiento de usos de suelos asociados a equipamiento y áreas verdes, y la definición de normas urbanísticas que fomenten esto.
    6. Dotar de equipamientos, servicios el sector poniente de la localidad de Monte Águila, mediante el establecimiento de usos de suelos asociados a equipamiento y definición de normas urbanísticas que fomenten esto en torno a calles Prat, Echeverría y Freire.
    7. Mejorar la conectividad entre el sector oriente y el centro cívico de la localidad de Cabrero, mediante la proyección de nuevos cruces ferroviarios en la prolongación de las vías Pablo Neruda, Los Cipreses, Caletera Ruta 146.
    8. Fomentar la peatonalización y dotar de una red de ciclovías urbanas e interurbanas, que conecten las localidades de Cabrero, Monte Águila, Charrúa, Saltos del Laja y Yumbel, lo que permitiría mejorar la movilidad y promover el turismo de la comuna.
     
    ii) Justificación que determina su necesidad:
     
    1) Generación de un Nodo de Servicios Logísticos: La localidad de Cabrero, se caracteriza por tener una ubicación privilegiada, en la intersección de la Ruta 5 Sur (principal vía nacional), y la Ruta 146, principal punto de conectividad con los puertos de Coronel, Talcahuano, Penco y Aeropuerto Carriel Sur de Talcahuano, lo que se suma al hecho de que forma parte de la red troncal sur de Ferrocarriles del Estado. Estas características hacen que el municipio pretenda transformar a Cabrero en un nodo de servicios logísticos, que permita el almacenamiento de mercancías y el ofrecimiento de servicios a las empresas de transporte.
    2) Puesta en valor del Patrimonio Natural Salto del Laja: Los Saltos del Laja, se caracteriza por ser un sector del río Laja, compuesto por cuatro cascadas, siendo la mayor de 35 m de altura, el que constituye un gran atractivo turístico a nivel regional y nacional. Este sector, se ha visto degradado por la actividad turística, la que provoca descargas de aguas servidas al río, presencia de microbasurales, proliferación de comercio irregular. Además, la actividad turística ha generado un crecimiento exponencial de nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación en los sectores de Los Aromos, Chillancito, Los Encinos y La Aguada.
    3) Déficit de Vivienda: En la comuna existe una escasa oferta habitacional pública y privada, debido a la escasez de terrenos factibles de urbanizar y al alto costo de los suelos. Esto ha generado el establecimiento de construcciones irregulares en zonas del PRC destinadas a otros usos y/o condiciones urbanísticas como en los sectores de Los Boldos, Vista Hermosa y Quinta Poniente, de la localidad de Cabrero; Escritores de Chile en Monte Águila y Sur de Charrúa.
    4) Núcleos Urbanos al margen de la Planificación: En los últimos cuatro años en Cabrero se ha producido una fuerte inmigración de población de otras ciudades del país, lo que ha generado la proliferación de loteos irregulares en zona rural. Este problema se está produciendo en los sectores rurales ubicados en: Los Nogales de Membrillar, Lomas de Angol, Los Caulles, La Aguada, Los Encinos, Los Aromos, Chillancito, La Colonia, San Rafael, Altos de Monte Águila, La Puntilla de Charrúa, La Colonia Oriente, La Colonia Poniente y El Aromo de Cabrero.
    5) Carencia de Equipamientos, Servicios y Conectividad: El sector oriente consolidado de la localidad de Cabrero se caracteriza por tener una alta densidad habitacional, carencia de equipamientos, servicios y áreas verdes. Para acceder a éstos, en la actualidad los habitantes de este sector cuentan con una sola vía que los conecta con el sector céntrico de la comuna (Avenida Vial). Por otro lado, Cabrero carece de un cementerio municipal, el único existente es parroquial y está colapsado.
    Por su parte, el sector poniente de la localidad de Monte Águila ha experimentado un importante crecimiento habitacional sin la adecuada cobertura de equipamientos y servicios, lo que ha llevado a sus habitantes a tener que trasladarse al sector céntrico de Monte Águila, a través de calle Echeverría, única vía que atraviesa la línea férrea.
    6) Problema de Movilidad Urbana e Interurbana: En la comuna de Cabrero, existe un servicio de transporte público interurbano insuficiente, que solo conecta Cabrero con Monte Águila, y Cabrero con Charrúa, no teniendo transporte hacia el sector de Saltos del Laja. Asimismo, no existe servicio de transporte público urbano en ninguna de estas localidades. Esto genera por un lado el uso intensivo de vehículos particulares, atochamientos en los cruces ferroviarios de Cabrero y Monte Águila, y las zonas comerciales de estas localidades, y por otro lado el desplazamiento en vehículos no motorizados por vías no habilitadas, lo que genera accidentes de tránsito.
    Estas justificaciones a la modificación del Plan Regulador Comunal de Cabrero implican modificaciones sustanciales conforme a lo indicado en el Art. 29 del Reglamento para la EAE, debido a que:
     
    – La ampliación del límite urbano, para incorporar aquellos sectores que han crecido al margen de la planificación, en las localidades de Cabrero, Monte Águila, Charrúa y Saltos del Laja.
    – Establecer Declaratorias de utilidad pública de nuevas vías colectoras, en las localidades de Cabrero y Saltos del Laja.
    – Incorporación de actividades productivas en zonas existentes del plan regulador vigente y en nuevas zonas, a efectos de consolidar la Plataforma Logística en la localidad de Cabrero.
    – Incrementar la densidad por sobre un 20%, a objeto de permitir el desarrollo de conjuntos de viviendas en las localidades de Cabrero, Monte Águila, Charrúa y Saltos del Laja.
     
    iii) Objeto del Plan:
     
    En función de los problemas de decisión expuestos anteriormente, el objeto de evaluación corresponde a la decisión de la Municipalidad de Cabrero de Modificar su Plan Regulador Comunal que data del año 2009 (D.O. 28.12.2009) y del Plano Seccional de Salto del Laja (1990), instrumentos que rigen el desarrollo urbano de esta comuna en la actualidad y que abordará los siguientes temas:
     
    – Ampliación del límite urbano en los centros poblados de Cabrero, Monte Águila, Charrúa y Salto del Laja.
    – Definición de áreas de riesgo.
    – Ajuste de zonas con destino principal para actividades productivas.
    – Nuevas declaratorias de utilidad pública para vías colectoras y de servicio.
    – Definición de nuevas zonas con destino de área verde.
    – Consolidación de zonas de equipamiento.
    – Definición de nuevas zonas para uso residencial.
     
    iv) Ámbito de aplicación: Considera los polígonos urbanos de Cabrero, Monte Águila, Charrúa y Salto del Laja, y la intensidad de ocupación de este territorio. Considera un horizonte de aplicación temporal de 30 años.
     
    c) Criterios de desarrollo sustentable considerados:
     
    1. Consolidación de un nodo logístico.
    2. Integración socio-urbana de expansión residencial.
    3. Valoración del Patrimonio natural y turismo sustentable.
     
    d) Objetivos ambientales:
     
    1. Contribuir a eliminar las emisiones de olores y polvo en suspensión de la planta Masisa Cabrero, mediante el confinamiento de la actividad industrial que se desarrolla en la Zona Productiva Industrial molesta (ZPI2) y el cambio de uso de suelo de la Zona de Extensión Habitacional (ZEXH1) no consolidada.
    2. Contribuir a la mitigación de los ruidos molestos que generan las termoeléctricas Los Pinos, Central Yungay y Central Los Guindos, mediante el establecimiento de un área de amortiguación que separe la zona habitacional de Charrúa de las señaladas termoeléctricas.
    Generar nuevas áreas verdes y espacios públicos en las localidades de Cabrero, Monte Águila, Charrúa y Saltos del Laja, a través del establecimiento de zonas de área verde, plazas y parques.
     
    e) Lugar donde estarán disponibles los antecedentes: Hall de la Ilustre Municipalidad de Cabrero, ubicada en Las Delicias N° 355, Cabrero, horario de 8:30 hrs. a 14:00 hrs. Dentro del plazo de 30 días, a contar de la presente publicación cualquier persona natural o jurídica podrá aportar antecedentes que estimen relevantes para la modificación del instrumento y/o formular observaciones a su proceso de Evaluación Ambiental Estratégica, los cuales deberán ser ingresados en forma física en la oficina de partes de la Municipalidad de Cabrero, ubicada en Las Delicias N° 355, Cabrero, en horario de 8:30 hrs. a 14:00 hrs., y en formato electrónico al correo emontes@cabrero.cl
     
    2) Autorízase efectuar Trato Directo con Diario Oficial de la República de Chile y diario La Tribuna, de la ciudad de Los Ángeles y emítanse las respectivas Órdenes de Compra, a cada diario, a través del Portal Mercado Público, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10° del Reglamento, punto N° 4, para la Publicación del Extracto citado en punto precedente, de conformidad al nuevo Informe Técnico.
    3) Publíquese en Diario Oficial de la República de Chile y en diario La Tribuna de la ciudad de Los Ángeles, el extracto de los contenidos del inicio del proceso de someter el Estudio "Modificación Plan Regulador Comunal, Cabrero", a Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), según consta en decreto alcaldicio exento N° 583 de fecha 03/03/2023, que lo dispone.
    4) Impútase el gasto que demanda la aplicación del presente decreto, a la cuenta Subtítulo 22, ítem 07, Asignación 001, del presupuesto municipal vigente.
     
    Anótese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese.- Mario Gierke Quevedo, Alcalde.- Francisco Castillo Noa, Secretario Municipal (S).