Artículo 28.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el inciso primero del artículo 6 de la ley N° 20.940, que Moderniza el sistema de relaciones laborales:
1. Incorpórase el siguiente literal d), nuevo, pasando el actual literal d) a ser literal e), y así sucesivamente:
"d) Un consejero designado por el Consejo Nacional Consultivo de la Empresa de Menor Tamaño, contemplado en la ley N° 20.416 entre los representantes de las distintas entidades gremiales que lo integran.".
2. En el literal d), que ha pasado a ser literal e):
a) Reemplázase la expresión "Tres" por "Dos".
b) Elimínase la frase ", incluyendo al menos un representante de las organizaciones de empresas de menor tamaño".