MODIFICA DECRETO N° 208, DE 2022
    Núm. 241.- Santiago, 24 de agosto de 2022.
     
    Vistos:
     
    Decreto N° 100, de 2005, de Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; la ley N° 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; en el DFL 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado; en el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la ley N° 21.395, de Presupuesto del Sector Público, correspondiente al año 2022; la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el DFL N° 33 de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija estatuto del Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores; en el decreto N° 2421, de 1964, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República; el decreto N° 2.154, de 1997, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que reglamenta asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales de funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores; el decretos N° 208, de 6 de julio de 2022, del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General de la República, que fija normas de procedimiento sobre rendición de cuentas; y, la resolución N° 6 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
     
    Considerando:
     
    1. Que, mediante decreto N° 208, de fecha 6 de julio de 2022, se trasladó al Sr. Hernán Pablo Bascuñán Jiménez (RUN N° 8.991.274-1), Embajador, de 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, desde la Embajada de Chile en Suecia a la Embajada de Chile en República Checa, para prestar funciones como Embajador de Chile en República Checa, a contar del 16 de julio de 2022, fecha en cual dejó de prestar servicios en la Embajada de Chile en Suecia.
    2. Que, posterior al término de trámite se constató un error involuntario, en el numeral tercero de lo decretado en el decreto N° 208, citado anteriormente, en el que no se incluyó el derecho a pasajes y la recepción de la asignación de traslado del grupo familiar, debiendo otorgarse dicho beneficio, en razón de ello es necesario dictar el acto administrativo correspondiente.
    3. Que, la modificación que por este acto se efectúa, se realiza en virtud de lo preceptuado en el artículo 62 de la ley N° 19.880, citada en los vistos, en virtud del cual la autoridad administrativa que hubiese dictado una decisión que ponga término a un procedimiento podrá de oficio o a petición del interesado, aclarar los puntos dudosos u obscuros y rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieron de manifiesto en el acto administrativo.
     
    Decreto:


    1. Modifíquese el numeral tercero de lo decretado en el decreto N° 208, del 6 de julio de 2022, en la forma que a continuación se señala:
     
    "3. Establézcase que el Embajador Sr. Bascuñán tendrá derecho a pasajes, para él y su grupo familiar, así como a recibir la asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, y de establecimiento, todo de conformidad con lo establecido en el DFL N° 33, citado en los vistos. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al Reglamento establecido en el decreto N° 2154, de 1997, del Ministerio de Relaciones Exteriores".
     
    2. En todo lo demás, rige plenamente la decreto N° 208, del 6 de julio de 2022, citado en los vistos.
    3. Impútese el mayor gasto que este decreto genere a los subtítulos 21-04-001 y 22-08-007 del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida en dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores del año presupuestario vigente.
   

    Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Antonia Urrejola Noguera, Ministra de Relaciones Exteriores.
    Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.