Artículo 13°. Dotación. El Centro a la fecha de la dictación del presente Auto Acordado, está integrado por:
1. Un juez presidente.
2. Diecisiete jueces preferentes.
3. Un consejero técnico coordinador.
4. Dieciséis consejeros técnicos preferentes.
5. Doce consejeros técnicos a contrata anual Centro de Medidas Cautelares.
6. Diecinueve funcionarios de dotación de los Juzgados de Familia de Santiago con dedicación preferente en el Centro de Medidas Cautelares.
7. Un administrador.
8. Noventa y tres funcionarios administrativos del Centro de Medidas Cautelares.
9. Cuatro jefes de unidad.