1. Modifíquese la resolución Nº 1.066 de 2022, que aprueba texto coordinado y sistematizado de las resoluciones que establecen requisitos fitosanitarios de ingreso a productos de origen vegetal desecados de especies y orígenes que indica, para consumo, en lo siguiente:
     
    A. Reemplácese el resuelvo Nº 2.1 por el siguiente:
     
    "2.1 Se aceptará como Declaración Adicional alternativa, que:
     
    2.1.1. La/s plaga/s no está(n) presentes en el país de origen, según los lineamientos establecidos en la NIMF 8 "Determinación de la situación de una plaga en un área".
     
    Para dar cumplimiento a esta Declaración Adicional, el país de origen deberá mantener información de respaldo y los registros de plagas, en la que se basan para determinar la condición de país libre, teniendo en cuenta que estos registros podrán ser solicitados por el Servicio.
     
    o
     
    2.1.2. El envío proviene de área libre de la/s plaga/s, reconocida oficialmente por el Servicio a través de una resolución exenta (Indicar número y año)."
     
    2. Esta resolución entrará en vigencia una vez publicada en el Diario Oficial.