MODIFICACIÓN DEL INCISO 2 DEL ARTÍCULO 101 DEL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS DEL PROCESO CONSTITUCIONAL
En sesión 29a, Ordinaria, de 13 de junio de 2023, del Senado, y en sesión 46 a, Ordinaria, de 14 de junio de 2023, de la Cámara de Diputados, fue aprobada la siguiente modificación al Reglamento de Funcionamiento de los Órganos del Proceso Constitucional:
"Artículo único.- Reemplázase, en el inciso 2 del artículo 101 del Reglamento de Funcionamiento de los Órganos del Proceso Constitucional, la oración "Estas peticiones de audiencias públicas deberán efectuarse ante la Secretaría Ejecutiva de Participación Ciudadana entre el 7 y 14 de junio de 2023.", por la siguiente: "Estas peticiones de audiencias públicas deberán efectuarse ante la Secretaría Ejecutiva de Participación Ciudadana entre el 7 y 21 de junio de 2023.".
Raúl Guzmán Uribe, Secretario General del Senado.