1. Modifícase la resolución exenta Nº 630 (V. y U.), de 2023, y sus modificaciones, en el sentido de reemplazar el resuelvo 8., por el siguiente:
"8. El monto total que se destinará al financiamiento del subsidio en el presente llamado, conforme a las disposiciones del DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, será de hasta 745.500 UF, correspondientes a 3.500 subsidios, que se distribuirán regionalmente según la tabla que se presenta a continuación, pudiendo disponerse redistribuciones o modificaciones de estos recursos, a través de los correspondientes actos administrativos:


2. Establécese que la resolución exenta Nº 630 (V. y U.), de 2023, y sus modificaciones, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.