Artículo 1°.- Para los efectos del D.F.L. N° 1.123 de 1981, sobre ejecución de obras de riego por el Estado, a menos que aparezca claramente que el sentido es diverso, se entenderá por:
a) Ley - El D.F.L. N° 1.123 de 1981, sobre ejecución de obras de riego por el Estado, dictado a través del Ministerio de Justicia.
b) Comisión - La Comisión Nacional de Riego.
c) Dirección de Riego - La Dirección de ObrasDTO 692, OBRAS
Nº 1 a)
D.O. 20.11.2006 Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas d) Obras - Todas las obras de riego que se ejecuten con fondos fiscales en conformidad con el D.F.L. N° 1.123 de 1981.
Nº 1 a)
D.O. 20.11.2006 Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas d) Obras - Todas las obras de riego que se ejecuten con fondos fiscales en conformidad con el D.F.L. N° 1.123 de 1981.
e) Derechos - Los derechos de aprovechamiento de aguas.
f) Recursos - Los recursos de agua aportados por las obras.
g) Derechos de Obras - Los derechos proporcionales en una obra de riego fiscal.
Para los efectos de este Reglamento, donde diceDTO 692, OBRAS
Nº 1 b)
D.O. 20.11.2006 Dirección de Riego debe decir Dirección de Obras Hidráulicas.
Nº 1 b)
D.O. 20.11.2006 Dirección de Riego debe decir Dirección de Obras Hidráulicas.